El expresidente Álvaro Uribe Vélez recuperará su libertad luego de que el Tribunal Superior de Bogotá aceptara la tutela interpuesta por su defensa y dejara sin efecto la orden de detención domiciliaria que había sido emitida en su contra el pasado 1 de agosto.
Fuentes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) confirmaron que la boleta de libertad ya fue expedida y notificada, por lo que en cuestión de horas el exmandatario quedará formalmente en libertad. Sin embargo, esta decisión se mantendrá vigente únicamente mientras se resuelve el recurso de apelación presentado contra la condena que lo sentenció a 12 años de prisión por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Lea: “Uribe debe quedar libre de inmediato”: abogado Jaime Granados
La determinación judicial tuvo ponencia del magistrado Leonel Rogeles Moreno, quien ordenó suspender el numeral cuarto del fallo del Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento. En esa providencia, la jueza Sandra Heredia había dispuesto la detención domiciliaria de Uribe para que comenzara a cumplir la pena de 144 meses de prisión.
Tribunal cuestiona fundamentos de la jueza
En el escrito de tutela, la defensa del expresidente sostuvo que “la jueza Sandra Heredia transgredió derechos fundamentales como la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez”. El recurso alegaba que la decisión de la jueza desconocía garantías básicas y constituía una medida desproporcionada.
Entre los argumentos revisados por el Tribunal Superior, se destacó que, aunque la jueza consideró que existía riesgo de fuga dada la relevancia internacional de Uribe, las pruebas mostraban lo contrario. La corporación recordó que el exmandatario asistió a todas las citaciones judiciales, mantuvo informado al despacho sobre sus salidas del país y retornó a Colombia tras cada viaje. “No existen indicios objetivos de evasión”, subrayó el fallo.

Sobre las acusaciones de supuestas “estrategias dilatorias sistemáticas para impedir la instalación del juicio”, el Tribunal señaló que dichas afirmaciones no estaban sustentadas en la motivación judicial y que, en varios casos, las acciones de la defensa obtuvieron resultados favorables, por lo que no podían interpretarse como maniobras para obstruir el proceso.
La decisión concluyó que ordenar la detención inmediata bajo estos argumentos “equivale a una sanción anticipada” y desconoce el principio de presunción de inocencia, que solo se pierde cuando la sentencia condenatoria queda en firme.
Condena en primera instancia
Uribe fue declarado culpable de tres conductas de soborno en actuación penal y dos de fraude procesal, mientras que resultó absuelto del cargo de soborno simple. Según la sentencia de primera instancia, el expresidente buscó la manipulación de los testigos Juan Guillermo Monsalve, Carlos Enrique Vélez, alias “Víctor”, y Euridice Cortés, alias “Diana”. Además, se concluyó que conocía la existencia de cartas falsas utilizadas dentro del proceso.
El futuro judicial de Uribe dependerá ahora de lo que resuelva la segunda instancia sobre la apelación en curso, mientras tanto, afrontará el proceso en libertad.