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Estos son los magistrados que no recibirán tutelas para resolver apelación de Uribe

Los magistrados se concentrarán exclusivamente en resolver la tutela con la que la defensa de Álvaro Uribe busca anular la sentencia que le impuso 12 años de prisión domiciliaria.

Estos son los magistrados que no recibirán tutelas para resolver apelación de Uribe

El expresidente Álvaro Uribe Vélez, en las instalaciones de los juzgados de Paloquemao. // Foto: Colprensa - Cristian Bayona.

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Con el fin de que solo se estudie la tutela presentada por la defensa de Álvaro Uribe Vélez con la que se busca anular la sentencia que le impuso 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, la Rama Judicial suspendió temporalmente el reparto de nuevas acciones de tutela a la Sala Penal No. 19 del Tribunal Superior de Bogotá.

Es importante precisar que, la decisión se tomó así, para que los tres magistrados de esa sala, se concentren exclusivamente en resolver la tutela del expresidente de la República. Lea: Partes deberán pronunciarse sobre tutela que busca libertad de Álvaro Uribe

Estos son los magistrados que se concentrarán en tutela presentada por defensa de Uribe

Mediante el Acuerdo No. CSJBTA25-42 del 4 de agosto de 2025, emitido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, se ordenó suspender el reparto a los despachos 4, 11 y 13, integrados por los magistrados Alexandra Ossa Sánchez, Manuel Antonio Merchán Gutiérrez y María Leonor Oviedo Pinto, desde el 5 hasta el 20 de agosto.

El expresidente Álvaro Uribe Vélez, salió en las instalaciones de los juzgados de Paloquemao, posterior a su declaración en el juicio por presunto soborno y manipulación de testigos. // Foto: Colprensa - Cristian Bayona.
El expresidente Álvaro Uribe Vélez, salió en las instalaciones de los juzgados de Paloquemao, posterior a su declaración en el juicio por presunto soborno y manipulación de testigos. // Foto: Colprensa - Cristian Bayona.

La tutela presentada por el abogado defensor, Jaime Granados, sostiene que la sentencia de primera instancia vulneró derechos fundamentales del exmandatario, como la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad personal.

En el mismo escrito, Granados solicitó una medida cautelar para que Uribe pudiera permanecer en libertad mientras se resolvía la acción constitucional. Esa petición fue rechazada el 4 de agosto por el magistrado Leonel Rogeles Moreno, quien decidió mantener la detención domiciliaria. Le puede interesar: Centro Democrático presenta tutela contra detención domiciliaria de Álvaro Uribe

Ramiro Riaño se declaró impedido

La acción de tutela fue asignada para su estudio en segunda instancia a la Sala Penal del Tribunal. Sin embargo, el magistrado Ramiro Riaño Riaño, uno de los tres integrantes de esa sala, se declaró impedido para intervenir en el fallo, al señalar que se configuran dos causales legales de conflicto de interés.

Riaño explicó que su compañera permanente fue nombrada fiscal en 2013 por Luis Eduardo Montealegre, hoy víctima reconocida en el proceso penal contra Uribe. Además, indicó que el mismo Montealegre lo denunció penalmente, lo que, en sus palabras, lo convierte en su “contraparte” dentro de un proceso judicial. Lea también: Detención de Álvaro Uribe se retrasa: Inpec aún no recibe orden judicial

“Estimo la existencia de una tensión entre la gratitud por aquella vinculación y la absoluta imparcialidad que demandan las decisiones judiciales”, señaló el magistrado en su decisión del 5 de agosto, al invocar el artículo 56 de la Ley 906 de 2004.

Magistrado Riaño apartado de otros procesos contra Álvaro Uribe

Riaño ya había sido apartado previamente de otras decisiones relacionadas con el caso Uribe por las mismas razones, incluso tras haber otorgado en febrero una medida provisional que suspendía el proceso penal, lo que generó una nueva denuncia en su contra por parte de Montealegre.

Con la salida de Riaño del caso, la acción de tutela será decidida por los tres magistrados de la Sala Penal No. 19: Ossa, Merchán y Oviedo, quienes quedaron encargados exclusivamente del estudio de esta acción constitucional.

Según el Consejo de la Judicatura, la medida busca permitir que los magistrados “puedan asumir el conocimiento del proceso […] sin que existan acciones de tutela en trámite”, teniendo en cuenta la “complejidad y la connotación nacional” del caso contra el exmandatario.

El expresidente fue condenado por tres delitos de soborno en actuación penal y dos de fraude procesal. La jueza de primera instancia Sandra Heredia concluyó que buscó manipular testigos y presentó pruebas falsas ante la justicia.

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