En las últimas horas, el magistrado Ramiro Riaño, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, se declaró impedido para decidir sobre la tutela que interpuso la defensa del expresidente Álvaro Uribe contra la sentencia que le impuso 12 años de prisión domiciliaria, al considerar que se configuran dos causales legales de conflicto de interés.
Ante esto, la acción constitucional continuará su curso y la deberán decidir entre los magistrados Leonel Rogeles Moreno y Aura Alexandra Rosero.
¿Por qué tomó esta decisión el magistrado Ramiro Riaño?
En la decisión firmada este 5 de agosto, el magistrado Riaño explicó que su impedimento se basa en dos razones: la primera, que su compañera permanente fue nombrada en 2013 como fiscal local en Zipaquirá por Luis Eduardo Montealegre, quien hoy es víctima reconocida dentro del proceso penal contra Uribe; y la segunda, que el mismo Montealegre presentó una denuncia penal en su contra, lo que lo convierte en contraparte en una actuación judicial. Le puede interesar: Niegan medida provisional que presentó defensa de Uribe para frenar detención domiciliaria
“Estimo la existencia de una tensión entre la gratitud por aquella vinculación y la absoluta imparcialidad que demandan las decisiones judiciales”, argumentó el magistrado en su escrito, en el que señaló que con esta situación se configura la causal de impedimento establecida en el artículo 56 de la Ley 906 de 2004.

Riaño añadió que Montealegre anunció públicamente que se constituiría como víctima dentro del proceso penal por la denuncia que presentó en su contra, y que dicho acto lo convierte en “contraparte del prenombrado ciudadano”, lo que activa una segunda causal de impedimento por haber sido denunciado por una de las partes.
No es la primera vez que el magistrado Riaño que se aparta de un caso sobre Álvaro Uribe
El magistrado Riaño ya había sido apartado previamente de otras decisiones relacionadas con el caso Uribe. El pasado 17 de febrero, los demás integrantes de la Sala Penal aceptaron un impedimento presentado por él por las mismas razones. En esa ocasión, Riaño había concedido una medida provisional que suspendía el proceso penal mientras se resolvía una tutela, decisión por la cual Montealegre lo denunció penalmente.
De igual forma, el magistrado también se declaró impedido en otras actuaciones donde Montealegre figuraba como abogado de partes procesales o víctima reconocida, como en tutelas que involucraban a la compañía aseguradora La Previsora. Lea también: Centro Democrático presenta tutela contra detención domiciliaria de Álvaro Uribe
La tutela presentada por la defensa del expresidente Uribe será ahora resuelta por los otros dos magistrados de la Sala Penal. En la solicitud, el abogado Jaime Granados argumentó que la condena de primera instancia del pasado 1 de agosto vulneró derechos fundamentales del exmandatario, como la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad personal.
Además de solicitar la nulidad del fallo, la defensa pidió como medida cautelar la suspensión inmediata de la orden de detención domiciliaria, que ya fue negada el pasado 4 de agosto por el magistrado Leonel Rogeles.
Uribe fue condenado por tres delitos de soborno en actuación penal y dos de fraude procesal. La jueza Sandra Heredia concluyó que el exmandatario buscó manipular testigos y presentó pruebas falsas ante la justicia. Su defensa espera que el Tribunal revise tanto la tutela como el recurso de apelación que podría modificar o confirmar la condena.