Este jueves, 17 de julio, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá confirmó la condena contra los policías que participaron en las interceptaciones ilegales a las líneas telefónicas de Marelbys Meza, exniñera de Laura Sarabia, y de su amiga Fabiola Perea.
Con esta decisión, ese tribunal ratificó las penas impuestas en septiembre de 2024 por el Juzgado 53 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de la capital.
En su momento, los policías, Alfonso Quinchanegua Quinchanegua y Dana Alejandra Canizales Bonilla ambos aceptaron su responsabilidad y pidieron perdón. Lea: Remezón en el gabinete de Petro: estos serían los ministros que saldrían
En ese momento, Quinchanegua expresó su arrepentimiento: “Estoy arrepentido de todo lo que se quiso hacer, igualmente pedirle mil disculpas a todos los afectados en este proceso”. Por su parte, Dana Canizales reconoció que cometió errores y que actuó siguiendo órdenes.

La actuación de los dos policías en las interceptaciones telefónicas
La investigación determinó que los dos procesados, entonces funcionarios de la Sijín de Bogotá, alteraron documentos oficiales relacionados con un hurto denunciado por la exjefe de gabinete de la Presidencia, Laura Sarabia.
Los informes fueron entregados a la Fiscalía 101 de hurtos y sirvieron como sustento para solicitar la interceptación de las líneas 3013043701, 3138480136, 3212996720 y 3154735920, cuyos usuarios no eran delincuentes, sino Marelbys Meza, Fabiola Perea y sus allegados.
Entre los documentos modificados se encontraba una entrevista a Marelbys Meza, que fue alterada por orden de Quinchanegua. También presentaron un formato de “fuente no formal” en el que se aseguraba falsamente que existía una red delincuencial implicada en el hurto de dólares en un apartamento del barrio La Colina, en Bogotá. Lea también: Gustavo Petro arremete contra Francia Márquez: le hace fuerte crítica
Pese a que la fiscal del caso les advirtió inicialmente que no existían motivos fundados para ordenar las interceptaciones, los procesados persistieron y, con la información adulterada, lograron que otro despacho judicial avalara el control posterior sobre dichas escuchas.
En la sentencia de primera instancia, Alfonso Quinchanegua fue condenado a 120,75 (10 años) meses de prisión, 354,15 salarios mínimos legales mensuales de multa, más de seis años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y la pérdida del empleo. A Dana Canizales se le impusieron 112,12 (9 años y 3 meses) de prisión, la misma multa y 67,03 meses de inhabilitación.
Prisión domiciliaria
Ambos se beneficiaron de prisión domiciliaria, dado que no registraban antecedentes penales y acreditaron arraigo familiar y social.
La defensa de Quinchanegua apeló, alegando errores en la dosificación de la pena. No obstante, el Tribunal consideró que aunque hubo fallas formales en el cálculo, estas no afectaron la legalidad de la sanción ni vulneraron sus derechos, por lo que confirmó íntegramente el fallo.
Durante el proceso fueron reconocidas como víctimas Marelbys Meza, Yhonson Pineda, Lucelia Robles, Fabiola Perea y la fiscal Marbel Morales, quienes fueron inducidas en error por los documentos falsos.
El caso, que generó controversia nacional por la implicación de miembros de la Policía en el uso irregular de herramientas de inteligencia, continúa ahora en etapa de posible casación ante la Corte Suprema de Justicia.