La Corte Constitucional ordenó garantizar atención médica urgente a una ciudadana venezolana identificada como Daniela, tras concluir que su derecho a la salud y a una vida digna fue vulnerado cuando las entidades del sistema de salud se negaron a realizarle una colangioresonancia para definir si era necesario retirarle un stent biliar.
La negativa se basó en que el procedimiento no era considerado una urgencia médica y que, para acceder a él, debía estar afiliada al sistema de salud, lo que exigía regularizar primero su situación migratoria.
En la sentencia T-259 de 2025, la Sala Séptima de Revisión, integrada por los magistrados Paola Andrea Meneses Mosquera, Carolina Ramírez Pérez (e) y José Fernando Reyes Cuartas, concluyó que a Daniela no se le garantizó la atención de urgencias de forma completa. Aunque existía remisión para un procedimiento asociado al retiro del stent, esta nunca se concretó. Lea: Científica colombiana descubre virus “buenos” en mosquitos: frenarían el dengue
El alto tribunal explicó que la jurisprudencia constitucional entiende como parte de la atención de urgencias no solo la estabilización del paciente, sino también su remisión inmediata a centros de mayor complejidad, cuando el tratamiento requerido no está disponible en la entidad que atiende inicialmente. Por eso, la Corte advirtió que negar el procedimiento implicó además desconocer el derecho al diagnóstico.

Los tres tipos de atención al qu tienen derecho los migrantes irregulares
La Corte reiteró que las personas migrantes sin regularización deben tener acceso, al menos, a tres tipos de servicios de salud: atención inicial de urgencias, atención ampliada en salud (si hay enfermedad catastrófica o riesgo para la vida con concepto médico) y el derecho al diagnóstico.
Sobre este último, la Sala explicó que el diagnóstico permite identificar patologías, definir tratamientos y actuar oportunamente, por lo que no puede condicionarse exclusivamente a la afiliación previa al sistema de salud. Esto, señaló la Corte, es especialmente importante cuando hay evidencia de una posible situación grave de salud. Le puede interesar: Casas con empleadas domésticas serán vigiladas por el Gobierno
Como medida correctiva, la Corte ordenó a la secretaría accionada realizar un diagnóstico completo de la salud de Daniela, en coordinación con las instituciones prestadoras de servicios de salud, y garantizar la atención de los procedimientos que el médico tratante considere urgentes.
Además, instó a la ciudadana venezolana a iniciar el proceso de regularización migratoria en un Centro Facilitador de Migración Colombia, para que posteriormente pueda afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud.