La senadora María Fernanda Cabal anunció este lunes que demandará el decreto con el que el Gobierno modificó la competencia para conocer en primera instancia las acciones de tutela contra el presidente, Gustavo Petro. A su juicio, el mandatario “no tiene competencia para modificar la estructura judicial mediante decreto” y la decisión representa “una amenaza directa al Estado de Derecho”.
En su red social X, la también precandidata presidencial afirmó: “Demandaré en las próximas horas el decreto 0799 de julio de 2025 con el que Petro y su Ministro de Justicia violan la Constitución y la Ley”.
Según explicó, la norma habilita que las tutelas contra el jefe de Estado —incluso las relacionadas con seguridad nacional o erradicación de cultivos ilícitos— ya no sean conocidas exclusivamente por el Consejo de Estado, sino por jueces de circuito ordinarios. Para la senadora, esto significa que “cualquier juez de circuito, sin experiencia ni especialización, podrá fallar tutelas contra el Jefe de Estado”.
Decreto que impide tutelas contra Petro será demandado por Cabal
Cabal señaló que esta decisión del Ejecutivo “viola el principio del juez natural” y denunció que el presidente busca “controlar todos los frentes”, mencionando entre ellos la Corte Constitucional, la Fiscalía y ahora el Consejo de Estado.
La senadora aseguró que el cambio normativo es “incompatible con la Constitución” y concluyó que, de mantenerse en firme, “colapsa el equilibrio de poderes y se institucionaliza el abuso presidencial”.
El Ministerio de Justicia expidió el Decreto 0799 del 9 de julio de 2025, con el que modificó las reglas de reparto de las acciones de tutela dirigidas contra el presidente de la República y otras autoridades nacionales. Desde su entrada en vigor, estas tutelas ya no son competencia exclusiva del Consejo de Estado.
El documento suprimió el numeral 12 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, que establecía que el alto tribunal debía conocer en primera instancia esas acciones. A partir de ahora, serán tramitadas por jueces del circuito o de igual categoría.

El Gobierno justificó la medida señalando que busca garantizar la imparcialidad estructural del sistema judicial, al evitar que una misma corporación decida como juez de tutela y luego como juez natural del acto administrativo impugnado.
También explicó que se trata de una reorganización interna sustentada en el principio de desconcentración funcional de la justicia, que permite a los ciudadanos acudir a instancias judiciales más cercanas.
El Ministerio de Justicia citó fallos de la Corte Constitucional y del propio Consejo de Estado que han establecido que las reglas de reparto no definen competencia funcional, sino que distribuyen internamente los casos entre jueces habilitados.
Además, recordó que en 2023 la Sección Primera del Consejo de Estado suspendió parcialmente una disposición que atribuía al tribunal la competencia exclusiva sobre tutelas relacionadas con erradicación de cultivos ilícitos, argumentando que esa prerrogativa debía estar sustentada en una ley estatutaria.
El decreto, firmado por el ministro de Justicia, Luis Eduardo Montealegre Lynett, entró en vigor al día siguiente de su publicación.