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Reforma laboral en Colombia: nuevos requisitos para trabajar horas extras

La reciente sancionada ley laboral que beneficia cientos de trabajadores del país. Trae consigo cambios en las horas extras, conócelos aquí.

Reforma laboral en Colombia: nuevos requisitos para trabajar horas extras

Hasta antes de la reforma, algunos sectores estaban obligados a solicitar autorización previa al Ministerio del Trabajo para permitir que sus empleados trabajaran tiempo adicional.

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Con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, también conocida como la Reforma Laboral, se introdujeron importantes cambios al régimen de trabajo en el país. Uno de los más relevantes —aunque menos discutidos— tiene que ver con la regulación de las horas extras, la responsabilidad de los empleadores frente al pago justo por el tiempo suplementario y el recargo por trabajo en días festivos y domingos.

En el caso de las horas extras, en el artículo 12, la ley modifica el numeral 2 del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo, y en uno de sus parágrafos introduce un cambio sustancial: ya no se requiere permiso del Ministerio del Trabajo para que un empleador autorice a sus trabajadores a laborar horas extras.

Sin embargo, esta nueva libertad viene acompañada de una advertencia clara: si se comprueba que el empleador no está pagando adecuadamente las horas extras trabajadas, el Ministerio podrá suspenderle la facultad para autorizar horas suplementarias por un período de seis (6) meses. A esta sanción se le podrán sumar otras medidas legales, dependiendo del caso. Lee también: Licencia menstrual en Colombia: así puedes solicitarla según la nueva reforma.

Reforma laboral // Marco Valencia / Vanguardia
Reforma laboral // Marco Valencia / Vanguardia

¿Qué implica este cambio para empleadores y trabajadores?

Hasta antes de la reforma, algunos sectores estaban obligados a solicitar autorización previa al Ministerio del Trabajo para permitir que sus empleados trabajaran tiempo adicional. Este procedimiento, aunque buscaba proteger al trabajador, también era criticado por ser engorroso y poco eficaz en su control real.

Con la nueva ley, la responsabilidad de autorizar horas extras recae directamente sobre el empleador, quien asume plenamente las consecuencias si no cumple con el pago legalmente establecido. Textualmente en el parágrafo se puede leer:

“No se requerirá permiso del Ministerio del Trabajo para laborar horas extras. Sin embargo, cuando se demuestre que el empleador no remunera a sus trabajadores el tiempo suplementario, el Ministerio podrá imponer como sanción que a dicho empleador se le suspenda la facultad de autorizar que se trabaje tiempo suplementario por el término de seis (6) meses, sin perjuicio de las otras sanciones que disponga la ley.” (Artículo 12, Parágrafo – Ley 2466 de 2025).

¿Es obligatorio llevar un registro de las horas extras?

Además de esta disposición, la reforma también obliga a los empleadores a llevar un registro claro y detallado del trabajo suplementario de cada trabajador, especificando nombre, actividad desarrollada, número de horas laboradas, y si fueron diurnas o nocturnas. Este registro debe estar disponible para el trabajador que lo solicite y también para las autoridades administrativas o judiciales en caso de inspección. En caso de que un empleador se niegue a entregar este reporte o lo manipule, podría enfrentar sanciones adicionales.

¿Qué recargos aplican para el trabajo nocturno y en festivos?

De acuerdo con establecido en la nueva reforma laboral, la cual empezó a regir desde el pasado 1 de julio y de la cual su implantación se realizará de manera gradual, por eso, a partir de esto los recargos para festivos y domingos quedaron así:

Festivos

1 de julio de 2025: el aumento será de 80%

1 de julio de 2026: el aumento será de 90%

1 de julio de 2027: el aumento será de 100%

Domingos

En el caso de las jornadas dominicales, la ley estipula que si un trabajador devenga de un salario mínimo que en la actualidad está en: 1.423.500, tendrá derecho a cobrar por cada domingo trabajado 94.400.

¿Qué sucede si no se pagan las horas extras, según la nueva reforma laboral?

Cuando un trabajador detecta que no se le están pagando sus horas extra, debe documentar cuidadosamente su jornada laboral y, de ser posible, contar con pruebas como correos electrónicos, registros de ingreso/salida o testimonios. Con esta información, puede presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo, que abrirá una investigación y, de comprobarse la omisión, aplicará las sanciones correspondientes, incluida la suspensión de la facultad del empleador para continuar autorizando horas suplementarias.

El presidente Gustavo Petro sanciona la reforma laboral en la Quinta de Bolívar en Bogotá. // Foto: Cortesía - Presidencia.
El presidente Gustavo Petro sanciona la reforma laboral en la Quinta de Bolívar en Bogotá. // Foto: Cortesía - Presidencia.

¿Qué debe hacer un trabajador para validar sus horas extras?

Si sospechas que tus horas extra no están siendo reconocidas ni remuneradas correctamente:

1. Solicita el registro de horas a tu empleador.

2. Revisa tu comprobante de nómina, verificando que los recargos legales estén incluidos (25 % para horas diurnas extra y 75 % para nocturnas, como base).

3. Reúne pruebas: mensajes, horarios de ingreso/salida, turnos, testigos.

4. Presenta una queja formal ante el Ministerio del Trabajo.

¿Desde cuándo aplican los nuevos recargos por horas extra?

Luego de que el primer mandatario de Colombia, Gustavo Petro, sancionara la nueva reforma laboral, algunos artículos estipulados dentro de esta ley empezaron a regir desde el pasado 1 de julio.

Es importante tener presente que, otros de estos serán implementados de manera progresiva, como en este caso, el pago de las horas extras y los recargos nocturnos y pago de los días festivos. Lee también: Reforma laboral 2025: impone cuotas para contratar personas con discapacidad.

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