La reforma laboral en Colombia ya es una realidad, el presidente Gustavo Petro sancionó el miércoles la Ley de la República 2466 en medio de la tasa de desempleo más baja en la última década. Esta normativa, que marca una nueva etapa en la historia laboral del país, modifica parcialmente el Código Sustantivo del Trabajo como la Ley 50 de 1990, Ley 789 de 2002 y otras disposiciones laborales.
Para el Gobierno Nacional, esta reforma representa el cumplimiento de un compromiso para fortalecer los derechos laborales, formalizar el empleo y garantizar condiciones dignas y justas para los trabajadores, en concordancia con los estándares internacionales".
¿Qué viene tras la sanción de la Ley 2466 de 2025?
Según el Ministerio de Trabajo, entidad que insta a los trabajadores a unirse para que se garantice el cumplimiento de la ley, contempla implementar una estrategia pedagógica para que la gente conozca sus derechos.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, señaló que también incluye la expedición de decretos reglamentarios e inspección y vigilancia.
Vamos a vincular nuevos inspectores de trabajo para que garanticen la correcta implementación de la ley laboral, y que esta reforma no sea letra muerta. Se va a hacer uso de la capacidad sancionatoria que tiene el Ministerio, cuando se violen los derechos de las trabajadoras y trabajadores”.
Antonio Sanguino.
¿Cuándo entra en vigencia la Reforma Laboral 2025?
Aunque algunos artículos entrarán en vigencia en estos días, la nueva Reforma Laboral empezará a regir seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.
Una de las leyes que empezará el 1 de julio es la del recargo dominical y festivos que se pagará al 100 % con una implementación gradual:
1 de julio 2025: 80%;
1 de julio de 2026: 90%
1 de julio en 2027: 100%.
7 puntos clave de la Reforma Laboral 2025
1. Nueva jornada laboral:
La jornada diurna va desde las 6:00 a. m. hasta las 7:00 p. m. y la jornada nocturna, entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a. m. con un recargo por trabajo nocturno del 35%.
2. Recargos dominicales y festivos:
El recargo dominical y festivos que se pagará al 100 % con una implementación gradual:
1 de julio 2025: 80%
1 de julio de 2026 de 90%
2 de julio d 2027: del 100%
3. Horas extras
Con respecto a las horas extras::
-No se podrá trabajar más de 2 horas extra diarias y 12 semanales (diurnas o nocturnas). Se exceptúa el sector de seguridad.
- No se requerirá permiso del Ministerio de Trabajo para pagar horas extras.
-El empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador.
4. Contrato de aprendizaje laboralizado:
Respecto a la laboralización del contrato de aprendizaje, el aprendiz recibirá el 75% del salario mínimo en etapa electiva (debe ser afiliado a salud y ARL) y un salario mínimo en la fase práctica. Tendrá derecho a seguridad social integral, prestaciones sociales y demás beneficios laborales. Un triunfo para el reconocimiento de los derechos de los aprendices SENA.
5. Límite a los contratos a término fijo:
Los contratos a término fijo tendrán un límite de 4 años y luego de esos años pasarán a contratos a término indefinido.
6. Trabajadores de plataformas digitales:
Para los trabajos a través de plataformas digitales existen dos formas de vinculación: una relación laboral de carácter dependiente y subordinado, regida por el Código Sustantivo del Trabajo; y una relación autónoma e independiente, correspondiente a los repartidores, quienes deberán estar afiliados al Sistema de Seguridad Social.
7. Apoyo al trabajo agropecuario:
Dentro del proyecto se destaca la creación del Contrato y el Jornal Agropecuario para labores en toda la cadena de producción primaria. En este caso, el jornal diario agropecuario no podrá ser menor a 1 salario diario vigente o al pactado en convención colectiva, compensación del valor total de las prestaciones sociales y beneficios legales (primas, auxilios, subsidios).
8. Formalización laboral progresiva en programas sociales:
La ley incluye la formalización laboral progresiva de las personas manipuladoras de alimentos del Programa de Alimentación Escolar, PAE; la vinculación de las madres comunitarias, trabajadores de hogares infantiles y madres sustitutas como trabajadores oficiales y la flexibilidad de jornada para trabajadores y responsabilidades familiares del cuidado; entre otras.
9. Personas con discapacidad
El artículo 16 de la reforma laboral establece una nueva norma para promover la inclusión de personas con discapacidad en el entorno laboral. A partir de su entrada en vigencia, las empresas que cuenten con más de 500 trabajadores estarán obligadas a contratar al menos una persona con discapacidad por cada 100.
10. Licencia de paternidad
La licencia de paternidad aumentará progresivamente hasta llegar a 6 semanas en el 2026 y estará a cargo de la EPS.