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Corte Constitucional falla a favor de Petro: CNE no podrá investigarlo

Esta decisión, que se produjo tras una votación dividida de cinco contra cuatro en la Sala Plena del alto tribunal.

Corte Constitucional falla a favor de Petro: CNE no podrá investigarlo

Gustavo Petro, presidente de la República. // Foto: Cortesía - Presidencia.

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El presidente de la República, Gustavo Petro, obtuvo una victoria jurídica clave luego de que la Corte Constitucional determinara que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no tiene competencia para investigarlo por presuntas irregularidades en la financiación de su campaña presidencial de 2022.

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La decisión fue adoptada con una votación dividida de cinco votos contra cuatro en la Sala Plena del alto tribunal, y marca un precedente importante sobre los límites de las competencias de los órganos de control administrativo frente al fuero presidencial.

La controversia se originó en agosto de 2025, cuando el CNE abrió una investigación formal contra Petro por supuestas donaciones ilícitas y por una posible violación a los topes de financiación electoral. Esta investigación se basó en una interpretación previa del Consejo de Estado, que avaló que el tribunal electoral adelantara el proceso al considerarlo de carácter administrativo.

Según esa postura, la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes seguiría siendo la única instancia competente para indagar penalmente al jefe de Estado, pero el control sobre las cuentas de campaña podía recaer en el CNE. Esta tesis fue objeto de amplio debate entre juristas y actores políticos, quienes advertían que ningún órgano distinto a la Comisión de Acusación puede investigar a un presidente, incluso en el ámbito administrativo.

Petro propone constituyente para reformar la Constitución tras aprobar su reforma laboral.
Foto: Presidencia.
Petro propone constituyente para reformar la Constitución tras aprobar su reforma laboral. Foto: Presidencia.

Sin embargo, con esta nueva decisión, la Corte revoca parcialmente una sentencia de diciembre de 2024 del Consejo de Estado que había declarado improcedente una tutela presentada por Petro. El fallo de la Corte señala:

“Primero: Revocar parcialmente la sentencia del 2 de diciembre de 2024, proferida por la Sección Segunda -Subsección B- del Consejo de Estado, en cuanto declaró improcedente la acción de tutela, para, en su lugar, tutelar el derecho al debido proceso invocado por el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego frente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado”.

El presidente celebró el fallo desde su cuenta de X (antes Twitter), donde escribió: “Bien por la Corte Constitucional”, en referencia a la decisión que frena la investigación por parte del CNE.

Con este pronunciamiento, la Corte reafirma que cualquier actuación contra el presidente en ejercicio, incluso en materia administrativa, debe pasar exclusivamente por la Comisión de Acusación, resguardando así el fuero presidencial previsto en la Constitución.

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