Una nueva decisión de la Corte Constitucional sobre el decreto de conmoción interior decretado por el presidente Gustavo Petro se conoció este martes, 29 de abril.
El alto tribunal tomó la decisión de declarar parcialmente exequible el decreto 062 de 2025, con el cual el Gobierno declaró el estado de conmoción interior en Catatumbo, Norte de Santander, y algunos municipios del Cesar.
El fallo del Alto Tribunal considera que el decreto es constitucional parcialmente en aspectos relacionados con la escalada de violencia y la crisis humanitaria que azota la zona. Lea: Petro afirma que la Corte evitó un golpe de Estado en Colombia

Puntualmente, la Corte consideró exequibles los apartados justificados en la intensificación de los enfrentamientos entre el ELN y otros grupos armados, así como los ataques y hostilidades dirigidas de forma indiscriminada contra la población civil y los firmantes del Acuerdo Final de Paz con las Farc.
Además, la decisión también avala las acciones implementadas para tratar la crisis humanitaria derivada de desplazamientos forzados y confinamientos masivos que ha desbordado la capacidad institucional del Estado. Lea también: El decreto con el que el Gobierno cambiaría el modelo de salud en Colombia
“Esta decisión sólo incluye aquellas medidas que sean necesarias para el fortalecimiento de la fuerza pública, la atención humanitaria, los derechos y garantías fundamentales de la población civil, y la financiación para esos propósitos específicos, de conformidad con los términos de esta providencia”, informó la Corte Constitucional.
No obstante, la Corte también decidió declarar como inconstitucionales los apartados del decreto que justificaron la conmoción interior con la presencia histórica del ELN, los grupos armados organizados y las organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico, la concentración de cultivos ilícitos y el incumplimiento del Plan Nacional de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS), las necesidades básicas insatisfechas de la población, o los daños a la infraestructura energética y vial.