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Epa Colombia no tendrá derecho a casa por cárcel: esta es la razón

La ministra de Justicia explicó que hay un delito que impide que Daneidy aplique para la ley de utilidad pública. Le contamos los detalles.

Epa Colombia no tendrá derecho a casa por cárcel: esta es la razón

Foto de archivo de la creadora de contenido Epa Colombia. // Foto: Colprensa

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La detención contra la empresaria y creadora de contenido, Daneidy Barrera, conocida popularmente como Epa Colombia, está a punto de cumplir tres meses, luego de ser capturada a las afueras de uno de sus locales el 27 de enero de 2025.

Con el propósito de que se le otrogara la detención domiciliaria a la empresaria, su defensa solicitó, desde mediados de marzo, una solicitud formal. En este documento se argumentó que Barrera Rojas ha certificado su labor social, con el que se demuestra que ella no representa un peligro para la sociedad. Lea aquí: Sandra Ortiz no logrará principio de oportunidad en caso UNGRD

Este miércoles, 9 de abril se conoció que no hay posibilidad de que Epa Colombia tuviera derecho a salir de la cárcel bajo la modalidad de detención domiciliaria. Así lo confirmó la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, durante una entrevista con Camila Zuluaga en el programa Mañanas Blu.

Angela María Buitrago, ministra de Justicia. // Foto: Colprensa
Angela María Buitrago, ministra de Justicia. // Foto: Colprensa

¿Por qué Epa Colombia no tiene derecho a casa por cárcel?

En la conversación, la ministra explicó que la ley de utilidad pública tiene tres requisitos fundamentales que, según ella, la empresaria no cumplía con uno de ellos.

La ministra dijo que “hay personas que cometen el delito en relación con su extrema pobreza para, por ejemplo, poder darle alimentación a su hijo. En ese caso en particular, hay una relación entre su marginalidad y su comportamiento; es casi que obligado”. Le puede interesar: Petro Lanzó críticas a Ecopetrol por no estar importando gas

Según el criterio de la ministra, la posibilidad de que la creadora de contenido salga de la cárcel bajo esta ley no existe, debido a que “hay un delito que no lo permite”.

“Hay un delito, y lo digo teóricamente, que habla de instigación para terrorismo; yo he sido clara en que no comparto que en el caso de Epa haya habido terrorismo. Sin embargo, ella aceptó cargos y está condenada por ese delito; eso lo impide”, señaló Buitrago de manera contundente.

La condena contra la empresaria Epa Colombia es de cinco años y tres meses de prisión.

Por último, la ministra indicó que la decisión sobre este caso mediático “la puede dar únicamente un juez, nadie más puede hacerlo”, refiriéndose a lo que solicitó anteriormente el presidente Gustavo Petro, a través de su cuenta de X.

“Esta mujer, al ser madre cabeza de familia, está resguardada por la ley que aprobó en el Congreso nuestro ministro progresista de Justicia, Néstor Osuna: debe salir diariamente de la cárcel. Le solicito a la ministra de Justicia, ante el Inpec, aplicar la ley”, aseguró el mandatario.

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