Las motocicletas son vehículos que, en Colombia, siguen ganado popularidad debido a la facilidad que brindad como medio de transporte y, para algunos, incluso es una herramienta de trabajo.
La compra de estos vehículos sigue ganando fuerza, especialmente, por las facilidades de compra, el ahorro en combustible y otras prestaciones, como el no tener algunas restricciones.
La moto es el medio de transporte más comercializado en todo el país, de acuerdo con Semana.
A pesar de todas las facilidades que brinda ser propietario de este tipo de vehículos, la motos, al igual que los automóviles, también deben cumplir con las normas y requisitos establecidos por las autoridades para poder transitar libremente por las vías de todo el país. Lea: Nuevas señales de tránsito para motos en Colombia: ¡cuidado con una multa!
¿Qué documentos deben portar los propietarios de motos?
Los documentos que deben portar los propietarios de motocicletas en Colombia son dos: el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y la revisión técnico-mecánica. Ambos se deben tramitar de forma obligatoria para evitar ganarse un comprando o, en el peor de los casos, que se les inmovilice su vehículo.
Esta medida se ha implementado durante un largo tiempo en Colombia, sin embargo, el Gobierno, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, ha decidio dar un alivio a los motociclistas con una medida que les ahorrará algunos pesos. Le puede interesar: Video: esta es la moto voladora que podría salir al mercado en 2026
Los modelos de motos que no tienen que hacer revisión técnicomecánica
De acuerdo con lo que estipula esta nueva ley estipula, alguos modelos de motocicletas no se verán obligados a realizar el trámite de la revisión técnico-mecánica.
Este beneficio será otorgado a las motos nuevas: en sus dos primeros años de uso no tendrán que sacar ese certificado.
Según el Gobierno, este beneficio se ha otorgado para cuidar las finanzas de los hogares colombianos.
“Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula”, se lee en el artículo 52 de la Ley. Siga leyendo: En 2025, bajaría el precio del Soat: estos son los vehículos que tendrían rebajas
Semana también explicó que si usted matriculó su moto en 2024, solo deberá tramitar la revisión técnicomecánica hasta 2026, cuando su vehículo cumpla el tercer año de uso.
Cabe aclarar que los modelos anteriores de motocicletas deberán seguir realizando este trámite con regularidad, teniendo en cuenta el calendario estipulado, tal y como lo exige la norma.