Con una orden judicial el Ministerio de Salud ha sido obligado, este lunes 4 de marzo, a reglamentar la eutanasia para menores de edad discapacitados en el país. La decisión ha surgido luego de que se estudiara el caso de un joven de 16 años —quien vive en sufrimiento a causa de una enfermedad que le genera dolor—, a aquien le fue rechazada su solicitud por su Entidad Promotora de Salud (EPS) bajo la Resolución 825 de 2018.
La Corte Constitucional ordenó modificar la reglamentación vigente sobre el derecho a la muerte asistida para garantizar que los niños, niñas y adolescentes con discapacidad intelectual no sean excluidos del procedimiento de eutanasia. Lea aquí: Murió Erika Morales, la joven que luchó por acceder a la eutanasia
Sobre el caso que motivó esta decisión se conoció que la madre del menor fue quien presentó la acción de tutela, luego de que la EPS le negara activar el protocolo de eutanasia; su argumento se basó en que los menores con discapacidad intelectual no tienen acceso a este procedimiento.

El amparo solicitado fue declarado improcedente por la Sala Novena de Revisión, debido a que no se pudo determinar si la petición de la madre refleja la voluntad genuina del paciente.
La EPS deberá garantizar atención de enfermería 24 horas para el joven y el apoyo a su madre en el cuidado para asegurar la continuidad del tratamiento paliativo.
La Corte, por su parte, señaló que aunque la madre es la cuidadora principal, no se presentaron las pruebas suficientes para concluir que la voluntad del adolescente era someterse a la eutanasia.
La institución también advirtió que el sufrimiento físico no es criterio suficiente —por sí solo— para acceder a la muerte asistida, sin realizar un análisis profundo de la voluntad del paciente y de las alternativas médicas que aún estén disponibles y que no se hayan implementado anteriormente. Le puede interesar: Erika Morales, la joven que quedó cuadripléjica y solicitó la eutanasia
¿Por qué los menores de edad podrían acceder a la eutanasia?
El fallo de la Corte ha determinado que el Ministerio de Salud debe modificar la normativa para que niños, niñas y adolescentes con discapacidad intelectual puedan acceder a la muerte digna.

De acuerdo con su planteamiento, esta reglamentación deberá entender la discapacidad como una condición y no como un problema médico, por lo que se requieren varios ajustes para garantizar los derechos de los pacientes.
La voluntad de la persona deberá ser respetada en la mayor medida posible y se deben asegurar las estrategias adecuadas para entender y expresar sus deseos, incluso si este tiene dificultades para comunicarlos. Lea: 4 casos en los que se permite la eutanasia en Colombia
La necesidad de avanzar en la regulación sobre el acceso a la eutanasia fue reiterada al Congreso por parte de la Corte, así como recalcó que también se deben eliminar las barreras que afecten la autodeterminación de las personas y el respeto a su dignidad.