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Cesantías, ¿podrían despedirte por presentar documentos falsos para retirarlas?

Te contamos cuáles serían las consecuencias para las personas que presentan documentos falsos para retirar las cesantías, también hay implicaciones penales.

Cesantías, ¿podrían despedirte por presentar documentos falsos para retirarlas?

Billetes colombianos de distinto valor. // Julio Castaño - El Universal.

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Las cesantías son una de las principales prestaciones sociales en Colombia, diseñadas para proteger a los trabajadores ante la pérdida de empleo y ofrecerles un respaldo económico en momentos de transición. Este beneficio se otorga al finalizar el contrato laboral, ya sea por despido, renuncia o culminación del contrato, y corresponde a una suma calculada con base en la última remuneración recibida por el trabajador.

Según la Ley 50 de 1990, la Ley 1071 y el Decreto 1562 de 2019, el empleador está obligado a pagar las cesantías equivalentes a un mes de salario por cada año de servicio, o por fracción de año trabajado, siempre y cuando se haya laborado al menos 12 meses. Esta medida busca proporcionar una ayuda económica al trabajador mientras busca un nuevo empleo o enfrenta necesidades básicas en su periodo de desempleo. Lea también: Factura electrónica: datos que debe tener para ser aceptada por la Dian

Pago en efectivo en comercios y supermercados en Colombia. // El Universal.
Pago en efectivo en comercios y supermercados en Colombia. // El Universal.

El plazo para que los trabajadores recibieran el pago de las cesantías de 2025 ya venció. Estos recursos, consignados por los empleadores en cuentas individuales, benefician a más de 10 millones de personas en Colombia y pueden ser utilizados para la compra o remodelación de vivienda, educación superior, terminación de contrato, servicio militar, fallecimiento del afiliado, entre otras situaciones permitidas por la ley.

Presentar documentos falsos para retirar las cesantías puede traer graves consecuencias, incluyendo la terminación del contrato laboral e incluso sanciones penales. Gina García, gerente de GLR Abogados, explicó en una entrevista para Asuntos Legales, que según el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, la falsificación o alteración de documentos es una causal legítima para el despido sin indemnización. Lea también: Más de 700.000 estudiantes sin alimentación escolar por retrasos

Además, este tipo de fraude puede derivar en responsabilidad penal. Dependiendo del caso, la conducta podría enmarcarse en delitos como falsedad en documento privado, uso de documento falso o estafa, según lo establece el Código Penal Colombiano.

Posibles sanciones penales

  • Falsedad en documento privado: prisión de 1 a 6 años.
  • Uso de documento falso: prisión de 1 a 8 años.
  • Estafa: prisión de 32 a 96 meses y una multa de hasta 1.000 salarios mínimos legales vigentes.

Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight, advirtió a través de la página “Asuntos Legales”, que los empleadores deben manejar estas situaciones con cautela, ya que solo un juez penal puede determinar si se ha cometido un delito. Por lo tanto, cualquier acusación de falsedad documental debe ser sustentada legalmente para evitar conflictos legales adicionales.

¿Qué hacer si no recibes el pago de tus cesantías?

El plazo para que los empleadores realicen el pago de las cesantías vence el 15 de febrero de cada año. En caso de que el trabajador no reciba el pago dentro de este plazo, existen diversas acciones que puede tomar. Primero, puede intentar llegar a un acuerdo directo con la empresa. Si no se resuelve, puede acudir a un inspector de trabajo del Ministerio de Trabajo para presentar una queja formal. En última instancia, el trabajador tiene derecho a interponer una demanda para exigir el pago de las cesantías y, en algunos casos, una indemnización por el incumplimiento.

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