La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo que ordena al Ministerio de Educación reglamentar el Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR) con el objetivo de asegurar que los estudiantes diagnosticados con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) tengan acceso a una educación inclusiva y adaptada a sus necesidades.
El fallo responde a una tutela presentada por los padres de Valeria, una joven de 13 años con TDAH, depresión, ansiedad y trastornos de alimentación, quien habría sido víctima de acoso escolar en una institución educativa. Según los padres de la menor, la escuela no tomó medidas adecuadas para protegerla ni para atender las denuncias de maltrato que realizó. Lea: Cartagena Fest STEM+: la Heroica se convierte en epicentro de la ciencia y la educación
La Sala Quinta de Revisión de la Corte consideró que el colegio incumplió con su obligación de ofrecer un ambiente libre de violencia y de activar las rutas de atención cuando se presentaron los hechos. Además, la institución no investigó a fondo las denuncias de la adolescente, lo que permitió que el entorno escolar siguiera afectando su bienestar. El fallo subraya que las barreras puestas por la escuela para que Valeria regresara a clases presenciales también constituyeron una vulneración a su derecho a recibir educación inclusiva.
En este contexto, la Corte enfatizó que, a pesar de la falta de una legislación específica sobre el TDAH en Colombia, las instituciones educativas tienen la obligación de garantizar ajustes razonables para estudiantes con necesidades particulares, como en el caso de Valeria. “El mandato general de educación inclusiva debe aplicarse para asegurar que todos los estudiantes reciban apoyo adecuado en su proceso pedagógico”, recordó el alto tribunal.
Como parte de su decisión, la Corte ordenó al Ministerio de Educación elaborar una normativa sobre el PIAR, que definirá los mecanismos y herramientas necesarios para garantizar el acceso a la educación inclusiva de estudiantes con TDAH. Esta reglamentación deberá incluir pautas claras para que los colegios implementen medidas específicas de acuerdo con las necesidades de cada estudiante, asegurando un ambiente educativo más equitativo y accesible.
El fallo también estipula que el colegio involucrado debe ponerse en contacto con la familia de Valeria para acordar una reparación simbólica por el maltrato sufrido. Además, la institución tendrá que iniciar un proceso disciplinario contra los estudiantes responsables del acoso escolar y llevar a cabo un acto público para comprometerse con una política de cero tolerancia frente a estas conductas.
A pesar de que la Corte reconoce el vacío normativo existente en cuanto a la legislación sobre TDAH y dificultades de aprendizaje, subraya la importancia de que las instituciones educativas asuman la responsabilidad de adaptar sus procesos pedagógicos para los estudiantes con necesidades especiales, tal como lo exige la educación inclusiva.