Las cesantías en Colombia son una prestación social obligatoria que los trabajadores deben pagar a sus trabajadores con contrato formal. Funcionan como un ahorro obligatorio destinado a brindar un respaldo económico en caso de desempleo o para ciertos gastos específicos, como educación o compra de vivienda.
Las cesantías equivalen a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. Cada año, antes del 14 de febrero , los obstáculos deben consignarlas en un fondo de cesantías elegido por el trabajador. Lea también: Recaudos tributarios del Distrito de Cartagena superan los $158 mil millones
En Colombia, los principales fondos de cesantías son Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia y usarlas en los siguientes casos:
- Protección en caso de desempleo: Son un fondo de respaldo económico para los trabajadores cuando quedan sin empleo.
- Facilitadad para la adquisición de vivienda : Se pueden retirar para comprar, mejorar o pagar el crédito de una vivienda.
- Apoyo en educación : Pueden usarse para financiar estudios superiores del trabajador, su cónyuge o sus hijos.
- Fomento del ahorro : Al ser un dinero retenido hasta su retiro justificado, ayuda a los trabajadores a mantener un fondo de emergencia.
De acuerdo con la Federacion Colombiana de Lonjas de propiedad raíz (Fedelonjas), las personas retiraron $3,1 billones para mejora de vivienda o para liberar deuda hipotecaria, mientras que $2,7 billones se destinaron para comprar un inmueble.
Las cesantías este 2025
En ese sentido, los empleadores deben pagar un interés del 12 % anual sobre el valor de las cesantías, lo que constituye un ingreso adicional para los trabajadores.
La fecha límite para que los empleadores consignen las cesantías en 2025 es el 14 de febrero. Este plazo es crucial, ya que garantiza que los trabajadores tengan acceso a sus fondos en el tiempo estipulado. El incumplimiento de este día puede resultar en multas para el empleador, quien deberá pagar un día de salario por cada día de retraso. Lea también: Tráfico de pasajeros por aeropuerto de Cartagena sigue ‘volando alto’
Recuerde que antes de consignarse las cesantías, el empleador debió pagar, a más tardar el 31 de enero pasado, los intereses de cesantías directamente al trabajador, no al fondo. Ese concepto equivale al 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional a los meses trabajados al año.
El cálculo de las cesantías es el siguiente: Si ha trabajado un año completo, recibirá un mes de salario. Si ha trabajado menos de un año, el monto será proporcional al tiempo trabajado. Por ejemplo, si su pago mensual es de $2 millones y ha trabajado seis meses, sus cesantías serán de $1 millón.
Además, debe tener en cuenta los intereses sobre las cesantías, que son del 12 % anual. Estos se calculan sobre el valor acumulado de las cesantías y se pagan al final del año. Por ejemplo, si sus cesantías acumuladas son de 2 millones de pesos, los intereses serán de $240.000.