Luego de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) admitió en su totalidad al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, la Sección de Apelaciones de la Jurisdicción contó algunos detalles más de su decisión.
Con un auto de 38 páginas, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) admitió al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien se había opuesto a la decisión que el año pasado lo aceptó, de forma excepcional, compartiendo procesos con Justicia y Paz.
El sometimiento de Mancuso había sido aceptado de manera parcial en noviembre del año pasado, cuando la Jurisdicción indicó que solo tendría competencia para juzgar sus verdades como persona incorporada de forma irregular a la Fuerza Pública. No deje de leer: El presidente del Congreso reta a Gustavo Petro por convocar constituyente
Asimismo, indicó que compartiría la comparecencia de Mancuso con el sistema de Justicia y Paz, la justicia transicional exclusiva para exparamilitares, y que ese mecanismo sería el encargado de decretar si dejaba libre, o no, al excomandante de las Autodefensas.
Sin embargo, Mancuso apeló la determinación, que en noviembre del año pasado lo reconoció como “bisagra o punto de conexión” entre las Fuerzas Armadas y el paramilitarismo, debido a que esa postura implicaría inseguridad jurídica para él y para las víctimas.
La defensa de Mancuso alegó que él no pudo ser una bisagra o un “sujeto material y funcionalmente incorporado a la fuerza Pública” sin haber fungido como paramilitar, así que si era admitido por lo primero, debería serlo también por lo segundo.
Y la Sección de apelación estuvo de acuerdo. “La escisión subjetiva propuesta por la primera instancia resulta artificial y contraevidente al fraccional la realidad inherente a la condición de bisagra del compareciente”, se lee en el auto.
La presidenta de la Sección, la magistrada Patricia Linares, explicó que la competencia de la JEP para juzgar los crímenes que Mancuso cometió entre 1989 y 2004 como aliado del paramilitarismo y del Estado es “prevalente y exclusiva”.
En ese sentido, dijo Linares, la Jurisdicción “debe resolver sobre la libertad del señor Salvatore Mancuso, sobre los beneficios transicionales provisionales que solicite y sobre el ejercicio de la vigilancia del régimen de condicionalidad al que debe someterse”.
Como se consta en el auto, el magistrado Rodolfo Arango, de la Sección de Apelación, agregó que Justicia y Paz y la justicia ordinaria pueden seguir investigando los hechos endilgados al excomandante de las Autodefensas, pero no puede juzgarlo.
Es decir, los crímenes que Mancuso haya cometido en el período señalado por la JEP son “de exclusiva competencia de la JEP”, por lo que “llevan a la suspensión del proceso en Justicia y Paz”, expresó el togado. Le puede interesar: Gustavo Petro celebra decisión de la JEP sobre el caso de Mancuso
“Ellos pueden seguir investigando esos hechos” e incluso podrían llegar a una imputación, pero “no puede condenarlo ni puede detenerlo o privarle la libertad, porque eso interfiere con las competencias prevalentes de la Jurisdicción Especial”.
La creación de la JEP luego del Acuerdo de Paz de 2016 significó la implementación de “reglas de coordinación”, con el fin de que los crímenes más “atroces” que se cometieron en el conflicto armado tengan “prevalencia y exclusividad” en la Jurisdicción.
“No es posible aceptar una dualidad como si la persona tuviera una doble identidad, como jefe paramilitar por un lado y como bisagra en relación con la Fuerza Pública. Esa tesis de competencias concurrentes de dos jurisdicciones al mismo tiempo no se aceptó”, afirmó Arango.
La principal dificultad de esa “dualidad”, de acuerdo con el magistrado, es que “se genera un conflicto al saber cuándo el señor Mancuso actuó en una y otra condición”. Además, remachó con que la decisión no abre la puerta, de entrada, a otros paramilitares.
Cada caso debe examinarse minuciosamente, como ocurrió en este de Mancuso, así que el precedente no es una garantía absoluta de aceptación de cualquier excombatiente. La JEP aún tiene pendiente definir el sometimiento de Carlos Mario Jiménez, ‘Macaco’.
Mancuso tiene este miércoles una audiencia con la que un despacho de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá tiene previsto definir si lo deja libre, como el exparamilitar solicitó la semana pasada, o no.
El magistrado Arango indicó que lo que puede seguir a partir de esa diligencia y de una apelación que la corte Suprema tiene pendiente resolver “es muy técnico”, pero puede resolverse con los mecanismos que ofrece el ordenamiento jurídico.
Además de tales trámites, la Sección de Apelaciones le pidió a la Sala de Reconocimiento de Verdad que “le imprima celeridad a la decisión que corresponda respecto del señor Salvatore Mancuso” en los macrocasos 03, 04, 06 y 08.