Tras resolver una acción de tutela, la Corte Constitucional les ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) diseñar un protocolo para que la población trans privada de su libertad pueda acceder a servicios médicos.
El planteamiento de la Corte es que un equipo interdisciplinario debe crear una ruta para que las personas transgénero puedan tener acceso oportuno e integral a tratamientos para afirmación de género. Es decir, a métodos para realizar una transición digna, como designación de sexos, tratamientos hormonales, entre otros mecanismos. Lea: 26 mujeres trans fueron asesinadas en Colombia y casi 200 sufrieron violencia
El equipo interdisciplinario tendrá que validar experiencias de la población trans que se encuentra recluida, evidencias científicas sobre el tema y las mejores prácticas que se han documentado en la materia. Luego tendrá que establecer lineamientos claros para el personal médico, con un protocolo vinculante para todos los centros carcelarios del país.
La determinación llega luego del estudio de una tutela presentada por una mujer trans privada de su libertad en una cárcel de Bucaramanga, a quien el Tribunal identifica como Jessica. Ella empezó su tratamiento de afirmación de género con hormonas en parche, por orden médica, desde principios de 2022. Lea: Halla muerta a mujer trans en su apartamento: ¿le robaron y la asesinaron?
“La accionante sostuvo que el tratamiento hormonal se le terminó en septiembre de ese mismo año, razón por la cual, en octubre, lo volvió a solicitar en la farmacia del centro penitenciario. Sin embargo, la actora señaló que la farmacia no le dio respuesta, y, por esta razón, interpuso la acción de tutela”, se lee en la sentencia.
De acuerdo con el alto tribunal, en primera y en segunda instancia se ampararon “parcialmente” los derechos de Jessica a la salud, la identidad de género, la libertad de expresión y la vida digna. Por ejemplo, el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bucaramanga apuntó que no había vulneración a sus derechos fundamentales.
Sin embargo, según reseña la Corte, “el juez le indicó a la accionante que, si tras la sentencia llegase a existir una negación u obstaculización de su proceso de afirmación de género, puede volver a acudir a los mecanismos judiciales de protección, siempre que las vulneraciones estén debidamente probadas”.
Además, el juzgado exhortó al Inpec, a la Uspec, a la Fiduciaria y a la IPS accionadas prestar acompañamiento, asesoría y medicamentos “que sean necesarios” para que Jessica pueda adelantar su proceso de afirmación de género sin dificultades. Tras una impugnación, el planteamiento fue reafirmado por el Tribunal Superior de Bucaramanga.
No obstante, cuando el recurso legal llegó al despacho de la Sala Primera de Revisión, la magistrada Natalia Ángel Cabo revocó ambos fallos y amparó los derechos de Jessica. En el análisis del caso, la Sala concluyó que existen “fallas estructurales” en la atención en salud de las personas trans en establecimientos penitenciarios y carcelarios. Lea: Caballistas al presidente de Cabalgar: “Sus comentarios son excluyentes”
“La ausencia de una ruta clara o protocolo, en el contexto del estado de cosas inconstitucional sobre las cárceles en Colombia, conlleva a una vulneración de los derechos a la salud, a la identidad de género y a la posibilidad de vivir una vida digna de personas frente a las que existe un deber especial de protección”, señaló la Corte.
“La Sala puede inferir, entonces, que existe una amenaza frente a los derechos a la salud, a la identidad de género y a la dignidad de las personas trans privadas de la libertad que desean iniciar o continuar tratamientos de afirmación de género”, destaca la sentencia en favor de Jessica y de la población trans.
La idea es que MinSalud, “en el margo de sus competencias legales, emita la guía de práctica clínica con sus respectivos protocolos, para la atención integral en salud de las personas transgénero y, particularmente, para el suministro de los procedimientos médicos de afirmación de género”.
El Inpec y la Uspec tienen diez meses para enviar un informe al juzgado de primera instancia. En ese documento deben dar cuenta de “la ruta especial o protocolo definido para la atención en salud de las personas trans privadas de la libertad y el cronograma de capacitaciones al personal sanitario sobre la misma”.