Luis Carlos Galán Sarmiento fue asesinado el 18 de agosto de 1989, han pasado 33 años y todavía se habla del magnicidio que estremeció al país. En la tarde de este miércoles se conoció que la Corte Suprema de Justicia negó una solicitud que pretendía que se revisara la pena contra Alberto Santofimio como coautor del asesinato, condenado a 24 años de prisión.
“La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió una solicitud de la defensa del exsenador Alberto Rafael Santofimio Botero con la que buscaba que se revisara la condena de 24 años de prisión en su contra, como coautor del homicidio del candidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento, en 1989”, informó la alta corte a través de su página web. Lea aquí: JEP rechaza solicitud de sometimiento de Maza Márquez y Alberto Santofimio
Dos supuestas pruebas nuevas
De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, en su petición, “el apoderado de Santofimio alegaba que había dos supuestas pruebas nuevas que no habían sido conocidas ni debatidas durante el juicio y justificaban modificar parcial o totalmente su sentencia condenatoria”.
La Sala de Casación Penal estudió tales argumentos y “advirtió que el exsenador ‘no presentó prueba nueva alguna, sino un denso escrito de opiniones, en su mayoría expresadas en medios de comunicación con posterioridad al proceso, y actuaciones realizadas en otros expedientes que no ofrecen trascendencia alguna para derruir las presunciones de legalidad y acierto de la sentencia condenatoria dictada por la Corte contra Alberto Rafael Santofimio Botero’”.
La defensa, según lo que reza la providencia, intentó “revivir el debate probatorio que ya fue agotado en las instancias y en el recurso extraordinario de casación, cuestionando el mérito que se le otorgó a las pruebas aportadas al proceso, un “objetivo para el que no fue diseñada la acción de revisión”.

‘Popeye’ murió
Uno de los argumentos del apoderado sostenía que John Jairo Velásquez Vásquez, jefe de sicarios del narcotraficante Pablo Escobar, supuestamente mintió al incriminar al exsenador en el asesinato del candidato presidencial y se retractó en una declaración ante la Comisión de la Verdad.
“La Corte recordó que una retractación no constituye una prueba nueva y no sirve para promover una acción de revisión, ‘pues la presunción de acierto y legalidad de la sentencia no puede ser desconocida con simples suposiciones o cambios de criterio de algunos de los testigos’. Aclaró que la retractación solo puede ser usada para pedir una acción de revisión cuando hay una sentencia en firme que determine que el testigo incurrió en falso testimonio, y en este caso no hay ninguna decisión judicial que establezca que Velásquez Vásquez mintió”. Lea también: “Popeye”, un asesino confeso y sin arrepentimiento
De otro lado, la providencia se refirió a los cuestionamientos de Santofimio sobre el supuesto trastorno de personalidad de alias ‘Popeye’, señalando que las afirmaciones que en ese sentido hizo una psicóloga solicitada por el demandante, no es un peritaje judicial sino una opinión fundada en artículos de prensa y en videos de Youtube.
Por lo tanto, ni esa opinión ni otras que la defensa de Santofimio Botero formuló son idóneas para “demeritar lo concluido por los jueces, esto es, que el testigo tenía la habilidad para declarar, no era mitómano como lo calificó la defensa técnica, y conoció y escuchó en forma directa lo que puso en conocimiento de la Justicia”.
La Corte también desvirtuó otro argumento del apoderado, según el cual la imputación que se hizo en Justicia y Paz al bloque Henry Gonzalo Pérez de las Autodefensas del Magdalena Medio, así como la declaración del magnicidio como crimen de lesa humanidad por parte del Consejo de Estado, demostrarían que “otros fueron los autores” y que el exsenador no tuvo relación con el crimen.
A juicio de la Corte, de ninguna de estas actuaciones de la justicia se puede inferir, como lo pretende la defensa del exsenador, “la demostración de que Santofimio Botero no determinó a Pablo Escobar Gaviria para matar a Luis Carlos Galán Sarmiento”.