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Colombia

ICBF lanza gran convocatoria para Hogares Sustitutos

Los niños y niñas representan el relevo generacional y sobre ellos recae la posibilidad de tener una humanidad distinta, por tanto la sociedad tiene el deber de brindarles oportunidades para alcanzarlo.

ICBF lanza gran convocatoria para Hogares Sustitutos

Son muchas las Madres Sustitutas que han facilitado el buen desarrollo de niños, niñas y adolescentes con su gran labor. FOTOS CORTESÍA

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La sola frase “abrir las puertas” tiene una connotación positiva y en ese contexto se busca establecer un vínculo que beneficie a más niños colombianos que hoy carecen de un hogar y por tanto no cuentan con un entorno protector que garantice sus derechos.

Por medio de la campaña “Mi hogar abre las puertas” y acatando la recomendación del Comité Internacional de Derechos del Niño y el Plan Nacional de Desarrollo, se trabaja para lograr que esos niños, en estado vulnerable, estén protegidos en lugares que sean lo más parecido a un hogar, no en instituciones, advierte Lina Arbeláez, Directora General del ICBF.

En la actualidad se cuenta con 5.102 hogares sustitutos, sin embargo, la campaña se encamina a ampliar en un 10%, es decir, crear 500 nuevos hogares que beneficien a más de 1.500 niños, niñas y adolescentes en el país.

Actualmente el ICBF tiene más de 74 mil niños y niñas que requieren de un hogar seguro con vínculos afectivos, por lo que los padres sustitutos cumplen un rol importante en la sociedad.

La funcionaria exhorta igualmente a que los colombianos conozcan la multiplataforma de hogares sustitutos que existe, creados a partir de la premisa de que los niños deben crecer en un entorno familiar protector donde sus necesidades sean atendidas y puedan generar vínculos de confianza y apego es esencial.

Lo anterior es una forma de materializar uno de los legados de este Gobierno, que puso a la niñez y a la adolescencia en el centro, y rediseñó el modelo de restablecimiento de derechos, construyendo bases sólidas para un sistema de protección alineado a las directrices globales en materia de derechos de la niñez y la adolescencia.

¿Qué es un Hogar Sustituto?

Un Hogar Sustituto es una familia voluntaria que abre las puertas de su casa para acoger, cuidar y proteger temporalmente a niñas, niños o adolescentes que están bajo protección del ICBF, en un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, por haber sufrido violencias y otras vulneraciones.

¿Qué tipos de hogares sustitutos existen?

Hogar Sustituto Tradicional vulneración: Máximo 3 niños, niñas y adolescentes víctimas de cualquier tipo de violencias, negligencia o abandono.

Hogar Sustituto Tradicional – discapacidad: Máximo 2 niñas, niños y adolescentes víctimas de vulneración de derechos con discapacidad o enfermedad de cuidado especial.

Hogar Sustituto Tutor: Máximo 2 niños, niñas y adolescentes desvinculados de grupos armados organizados al margen de la Ley.

Hogar Sustituto de fin de semana: Niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años víctimas de cualquier tipo de violencias, negligencia o abandono (viernes, sábado, domingo y festivo cuando aplique).

Hogar Sustituto Transitorio: Niños y Niñas que ya han sido ubicados en adopción y necesitan entender cómo será ese nuevo círculo de familia al que van a tener acceso y derecho.

¿Qué rol desarrollan la madre o el padre sustituto?

A nivel general, la madre y el padre sustitutos desarrollan un rol social en un ambiente familiar sustituto, brindando cuidado personal a los niños, niñas y adolescentes en Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos dentro de su vivienda familiar.

El acompañamiento que se realiza es permanente tanto a la familia sustituta como a sus beneficiarios, de acuerdo con la forma de administración, ya sea por parte de un centro zonal de ICBF o por un equipo de profesionales de un operador de la modalidad.

Requisitos para conformar un Hogar Sustituto

Reconocimiento de la comunidad.

Edad: Hombre o mujer entre 23 y 55 años.

Disponibilidad: Tiempo completo.

Red de apoyo: Contar con ayuda para el cuidado de los beneficiarios ubicados en su hogar.

Experiencia como cuidador.

Grado de escolaridad mínimo de noveno grado aprobado y certificado.

Buenas condiciones de salud física.

Demostrar ingresos económicos mensuales que le permitan el adecuado sostenimiento de los miembros de su hogar biológico.

Debe acreditar habilidades y competencias en la crianza o trabajo con niños, niñas o adolescentes, sin que la falta de experiencia sea un criterio excluyente.

Ser Hogar Sustituto es una labor solidaria, por lo tanto, no existe vínculo o contrato laboral entre ellos, el ICBF, las entidades territoriales o los operadores. Sin embargo, según lo establece la Ley 1607 de 2021, el ICBF brinda un reconocimiento económico de hasta 1 SMLMV a la madre o padre sustitutos como retribución. De la misma manera accederán a subsidios en aporte a salud, pensión y en servicios públicos domiciliarios de agua, energía y gas. Las personas que hayan sido madres/padres sustitutas por 10 años podrán obtener un subsidio pensional vitalicio una vez dejen de desarrollar su rol.

Las familias sustitutas se convierten en referentes afectivos para los niños, niñas y adolescentes que acogen, pues los acompañan y les ofrecen las oportunidades y condiciones que necesitan para estar seguros mientras superan las condiciones y afectaciones por las que ingresaron al sistema de protección.

Un entorno lo más parecido a un hogar, es lo que se requiere para esos niños que han visto vulnerados sus derechos.
Un entorno lo más parecido a un hogar, es lo que se requiere para esos niños que han visto vulnerados sus derechos.
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