El polémico artículo 221A incluido en la Ley Anticorrupción, que podría obstaculizar las denuncias de irregularidades contra funcionarios públicos y afectar la libertad de prensa, fue aprobado por la plenaria a la Cámara de Representantes.
(Lea aquí: Alertan afectación a la libertad de prensa en proyecto de Ley Anticorrupción)
Dicho artículo en su esencia prohíbe que los medios presenten sus denuncias si no tienen las pruebas concretas contra la persona o funcionario al que se ha referencia.
La plenaria, antes de aprobar el controvertido artículo, negó con 73 votos una proposición presentada por los representantes Inti Aprilla, Gabriel Santos, Juan Fernando Reyes Kuri, María José Pizarro, León Fredy Muñoz, Wilmer Leal y Mauricio Toro, quienes pidieron el hundimiento de esa norma.
A la postre y con una votación de 59 votos por el sí y 53 por el no, se aprobó el artículo que señala los siguiente: “Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o un exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías, ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisito legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la Ley 906 de 2004”.
Para el ponente del proyecto, el representante de Cambio Radical, César Lorduy, se logró quitar la parte que proponía que “El que mediante injuria o calumnia pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún servidor público, denunciando hechos falsos sobre él o su familia, incurrirá en prisión de 60 a 120 meses y multa de 13.33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.
Lo aprobado para la representante a la Cámara Juanita Goebertus, va contra la libertad de expresión “limitar la libertad de expresión y el derecho a la oposición es inconstitucional, abiertamente contrario a la Convención Interamericana. Es el camino de regímenes autoritarios a lo largo y ancho del continente, tanto de izquierda como de derecha. El debate debe darse en democracia y de ninguna manera a través de la persecución penal. Si no se elimina en la conciliación, procederemos ante la Corte Constitucional para que lo declare inexequible”.
El también representante a la Cámara, Germán Navas Talero consideró que lo aprobado es “con este mico que pretenden colgarle a esta nueva ley anti-corrupción, lo que realmente quieren es intimidar a la prensa. Señores: si no hubiese sido por la prensa, esta sería la hora en la que el país no se habría enterado sobre los 70 mil millones que nos abudinearon”.
Hasta ahora, entidades como la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y la Asociación Colombiana de Medios de Comunicación han rechazado la propuesta e incluso, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) se pronunció y pidió que se archive el proyecto de ley.