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Corte debe volver a revisar demanda contra Alejandro Ordoñez por calumnia

La investigación por calumnia se presentó luego de que Ordóñez manifestara que la exsenadora Piedad Córdoba colaboró y promovió con la extinta guerrilla de las Farc.

Corte debe volver a revisar demanda contra Alejandro Ordoñez por calumnia

El exprocurador general Alejandro Ordóñez. //COLPRENSA

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anuló la decisión del 22 de julio de 2019, con la que la Sala de Primera Instancia de esa misma corporación había cerrado la investigación al exprocurador general Alejandro Ordóñez, por el delito de calumnia. Lea aquí: Procurador afirma que Piedad Córdoba es ex senadora

La determinación se dio luego de que la Sala considerara que la decisión de precluir la investigación se dio por razones distintas a las que alegó la Fiscalía, por lo que la Sala de Primera Instancia deberá volver a estudiar la solicitud del ente acusador para tomar una nueva decisión.

La investigación por calumnia se presentó luego de que Ordóñez manifestara que la exsenadora Piedad Córdoba, colaboró y promovió con la extinta guerrilla de las Farc, acusación que realizó cuando la destituyó e inhabilitó por 18 años en 2010.

Ese fallo disciplinario fue anulado por el Consejo de Estado en 2016, pero en entrevistas posteriores, el exprocurador sostuvo que la Procuraduría estaba segura de que Córdoba era alias ‘Teodora Bolívar’, colaboradora de las Farc.

Tras las acusaciones, la congresista denunció al exprocurador ante la Corte Suprema de Justicia y alegó que existía contra ella una persecución. La Sala de Primera Instancia de la Alta Corte precluyó el expediente contra Ordóñez, pero ahora la Sala Penal alega que la decisión se debe revisar nuevamente.

La Sala de Primera Instancia concluyó que la conducta desplegada por Ordóñez era atípica para el delito de calumnia, pero que hubo calumnias de ambos funcionarios, “con lo cual se violó el debido proceso, la imparcialidad, la contradicción y el derecho de defensa de las partes e intervinientes”.

Es así como para la Sala Penal, si sus colegas de la Sala de Primera Instancia consideraban que la conducta de Ordóñez era atípica al delito de calumnia, lo procedente era negar la solicitud de preclusión de la Fiscalía, “al no encontrar reunidos los requisitos de la causal de exoneración de responsabilidad alegada”.

Por ese motivo, la Sala Penal anuló la decisión del 22 de julio de 2019 y ordenó a la Sala de Primera Instancia precluir la investigación en favor de Ordóñez, pero conforme a la causal alegada y debatida por las partes, es decir, porque ambos se calumniaron, lo cual es una causal de exclusión de responsabilidad penal.

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