La determinación del ente de control en Santander comprende una inhabilidad por 20 años para la representante legal de la Cooperativa Multiactiva Surcolombiana de Inversiones Ltda, Luisa Fernanda Flórez Rincón, quien fungía como operador del PAE en ese departamento. También puede leer: Los retos de la primera Procuradora de Colombia
En fallo de primera instancia, el Ministerio Público también impuso una multa de más de 4.000 millones de pesos, por actos de corrupción en contratos del PAE, por más de $23.800 millones.
En este caso, el órgano de control determinó conductas penales relacionadas con falsedad en documento público y privado, cometidas por Flórez Rincón cuando ejecutó un contrato suscrito con la Gobernación de Santander para la entrega del complemento alimentario a 100.000 estudiantes, lo que permitió que el propietario de la cooperativa, Germán Trujillo Manrique, se apropiara ilegalmente de más de $2.159 millones de pesos, provenientes de recursos del Estado para operar el programa.
Según constató el órgano de control, el contrato con la cooperativa tuvo dos adiciones, la primera del 21 de abril de 2016 por más de $6.706 millones, y la segunda por un valor superior a los $5.216.
Para el Ministerio Público “se cometieron una serie de conductas con trascendencia disciplinaria, fiscal y penal para darle un manto de legalidad a la apropiación ilegal de dineros del PAE por terceros en su condición de operador del mismo”.
De acuerdo con la Procuraduría esa “prestación corrupta del PAE”, financiado con recursos públicos y cuyos beneficiarios son los niños más vulnerables económicamente, es un “atentado al modelo de desconcentración por colaboración”.
Para el ente de control, Flórez Rincón incurrió en una falta disciplinaria como particular que cumple una función pública, porque con su conducta generó un detrimento patrimonial al Estado.
“La corrupción en el uso de los recursos del programa por parte de un operador del PAE, responsable en nombre del Estado de operarlo en beneficio de las niñas, los niños y las y los adolescentes del país es una lesión grave y ominosa de la Constitución Política en clave del derecho a la educación”, argumentó el fallo emitido.
Bajo ese entendido, el ente de control explicó que los operadores contratados para el suministro de alimentación en el PAE son sujetos disciplinables ya que ejecutan de manera coordinada una función propia del Estado, que además tiene que ver con los derechos fundamentales de los niños, esencialmente el de la educación.
“Si un particular representante de una empresa, ejerce de manera transitoria una función o actividad que como el PAE es una actividad propia de los órganos del Estado responsables de prestar el servicio educativo y que le permite el cumplimiento de cometidos estatales, como es la actividad relacionada con la prestación del Programa de Alimentación Escolar, a través de un contrato estatal, a juicio de este Despacho es sujeto disciplinable a la luz del marco jurídico disciplinario vigente”, argumentó el Ministerio.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Procuraduría tomó como agravante que el PAE también es conexo con la dignidad humana porque les permite a los estudiantes del sistema público educativo poner en marcha desde la educación, su particular proyecto de vida, y además está ligado con los derechos a la vida, a la salud, a la alimentación y a favorecer el aprendizaje y el desarrollo de los niños.
PAE EN PUTUMAYO
En este caso, la Procuraduría suspendió por 11 meses al exsecretario de Educación de Putumayo y supervisor del contrato, Jorge Enrique Ferrín Dorado; 10 meses al entonces secretario de Servicios Administrativos, con funciones de gobernador de Putumayo, Óscar Darío Mallama Quetama (2017), y nueve meses al exjefe de la Oficina de Contratación, José Luis Moreno Lozano.
En las investigaciones, la Procuraduría evidenció que los pliegos de condiciones del proceso que llevó a la firma de un contrato celebrado con la Unión Temporal Putumayo Somos Todos 2017, para el suministro del PAE, carecían de reglas objetivas y justas, toda vez que Ferrín, Mallama y Moreno asignaron puntuaciones a requisitos técnicos del Sistema Biométrico de Captura de Huella Dactilar de los niños beneficiarios, y a los exámenes microbiológicos para los alimentos suministrados, con lo que afectaron la participación plural de oferentes, y direccionaron la contratación estatal.
Además, el indicador de rentabilidad del activo como requisito financiero fue variado al momento de realizar la evaluación final de la única propuesta presentada, y no mediante addenda como correspondía legalmente.
Bajo ese entendido, el Ministerio Público comprobó que la firma Putumayo Somos Todos 2017, conformada por Seval Logística SAS y la Fundación SAC de Colombia, hizo un reembolso de gastos por más de $1.657 millones a Multimodal Express, una firma que no hace parte de la UT, pero si tenía vinculación con Seval Logística SAS.
El ente de control estableció que la documentación presentada por el contratista Seval Logística SAS como integrante de la Unión Temporal, no reflejaba la realidad de la experiencia acreditada, pues el objeto contractual con el cual justificó este ítem no fue adelantado por esta firma sino por la Corporación Tanai Jawa, que no integraba la UT.
La falta de vigilancia de la correcta ejecución del contrato por parte del supervisor ocasionó el desmejoramiento de las condiciones alimentarias de los menores favorecidos, entre otras, la entrega incompleta o en mal estado de las raciones, disminución de los cupos de complementos alimentarios asignados a colegios e interrupciones en la prestación del servicio.
A pesar de que el contrato se encontraba en un avance aproximado del 50% y de estar definidos como requisitos en el pliego de condiciones, no se implementó ni puso en funcionamiento el sistema biométrico, ni se realizaron los estudios ni los análisis microbiológicos a los alimentos suministrados.
Con estas conductas los exfuncionarios desconocieron los principios de transparencia, responsabilidad y el deber de selección objetiva que rigen la contratación estatal e impactaron negativamente los principios que rigen la función pública.
A juicio de la Procuraduría la contratación del PAE tiene una connotación especial que responde a una política pública estatal, a través de la cual se promueve el acceso con permanencia de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el sistema educativo oficial, por tanto, debe adelantarse con el máximo rigor y transparencia que permita la participación de múltiples oferentes, y para ello, las condiciones debieron ser claras desde el inicio.