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Colombia

Nación no tiene que reparar a víctimas de atentado a la Policía en Cali

El hecho sucedió el 1 de febrero del 2009; un vigilante murió y 48 locales fueron afectados.

Nación no tiene que reparar a víctimas de atentado a la Policía en Cali

El Consejo de Estado absolvió a la Nación. Colprensa

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El Consejo de Estado absolvió a la Nación en cabeza del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional por la muerte de un vigilante y los daños causados al local en el que este laboraba, que se produjeron a raíz de un atentado terrorista que supuestamente iba dirigido contra una sede de la Policía en Cali (Valle).

La decisión obedece una demanda de reparación directa que interpuso la familia de la víctima, tras el estallido de un explosivo que había sido instalado cerca de la Seccional de Inteligencia de la Policía (Sipol), el 1 de febrero del 2009, generando una onda explosiva que afectó 247 viviendas y 48 locales comerciales, entre ellos el establecimiento ‘Manjar blanco valluno’, en el cual trabajaba el vigilante fallecido.

Los familiares de la persona muerta expusieron en su demanda la necesidad de que las entidades estatales las resarcieran del daño generado por la muerte de este vigilante y los daños en el local.

El Tribunal negó las pretensiones por considerar que los accionantes no acreditaron su vínculo con el vigilante, no demostraron el daño causado al establecimiento, ni explicaron el nexo causal entre la supuesta acción u omisión de parte de las autoridades y el menoscabo que alegaron.

Los demandantes apelaron el fallo. A su juicio, dado que el atentado iba dirigido a la sede de la Sipol, que estaba al frente del local comercial, el caso se debía estudiar bajo el criterio del daño especial o el riesgo excepcional. Indicaron que el área de archivo de la entidad no tenía vigilancia y que el sector no estaba acordonado, lo que ponía en riesgo a la comunidad aledaña al lugar del atentado.

El Consejo de Estado negó las pretensiones y absolvió a la Nación.

Sostuvo que no hay evidencia de que las autoridades hubieran sido advertidas sobre la inminencia de un atentado terrorista, por lo que no se muestra evidente el hecho de que las fuerzas de seguridad estatales hubieran estado obligadas a tomar medidas especiales de seguridad.

Además, a su juicio, no hay pruebas que indiquen que el atentado iba dirigido a la Policía y que los daños provocados en las demás edificaciones constituyeran la materialización de un riesgo propio de la existencia de estas instalaciones de la entidad demandada en la zona.

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