Los ministerios de Vivienda y de Transporte aclararon que las personas pueden realizar mudanzas a través de las empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte de carga, acatando todos los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar un adecuado manejo de COVID-19 establecidos por el Ministerio de Salud.
Según manifestaron las entidades, el transporte de carga está excepcionado del aislamiento preventivo obligatorio en el que se encuentra el país, por lo que las mudanzas podrán desarrollarse con el cumplimiento de los protocolos definidos para éste sector y algunos requisitos adicionales.
Dentro de los aspectos a tener en cuenta se deben atender las instrucciones adoptadas o expedidas por las entidades del orden nacional y por la autoridad territorial de la respectiva jurisdicción, con el fin de evitar la propagación del COVID-19.
En todo caso, la norma advierte que cuando se trate de la prestación del servicio público de transporte de carga estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte.
Finalmente, cabe señalar que, tanto los interesados como las empresas prestadoras de este transporte, deberán cumplir las demás directrices que han dispuesto el Gobierno Nacional y las entidades territoriales como autoridades dentro de cada jurisdicción.