En febrero de 1998 el actual diputado de Santander Luis Fernando Peña Riaño fue el causante de la muerte de una mujer, cuando conducía en estado de embriaguez un vehículo de custodia de la Sijín.
El Tribunal Administrativo del Meta, en una acción de repetición interpuesta por la Policía Nacional, condenó al actual diputado de Santander Luis Fernando Peña Riaño a pagarle al Estado una sanción de $143 millones por hechos ocurridos cuando se desempeñó como comandante de la estación de Granada.
La decisión, que fue proferida por el magistrado Héctor Enrique Rey Moreno, hace referencia a un accidente de tránsito sucedido el 7 de febrero de 1998, cuando Peña Riaño, según consta en el expediente del proceso, manejaba bajo los efectos del alcohol un ve- hículo que estaba en custodia de la Sijín.
Según se describe en el fallo, en esa fecha el ahora diputado por Santander tomó para su uso personal un vehículo Cherokee modelo 97, que había sido asignado como parte del esquema de seguridad de Antanas Mockus, quien en ese entonces hacía campaña a la Presidencia en esa región del Meta.
En los registros consta que “pasadas las 12:15 de la madrugada en la vía que de San Martín conduce a Granada en el sitio denominado la ‘Y’ (Peña Riaño) colisionó con una moto”.
En el accidente se vieron involucradas, además de Riaño, dos personas más, una de las cuales, Yenny Paola Hernández Jaramillo, perdió la vida.
Debido a que Peña Riaño era un oficial en servicio activo, fue la Justicia Penal Militar la que asumió la investigación del caso.
Por esos hechos el ahora diputado fue condenado por el delito de homicidio culposo, tipificación que se traduce en que los hechos ocurrieron sin la intención de causar daño a quien finalmente falleció.
Por esta razón Peña Riaño no fue condenado a prisión, pero sí fue suspendido mientras se adelantó el proceso.
LA INDEMNIZACIÓN
Una vez se conoció la decisión de la Justicia Penal Militar, los familiares de Hernández Jaramillo, la víctima, demandaron al Estado y reclamaron una in-demnización debido, al “actuar imprudente e irresponsable” de Luis Fernando Peña Riaño, “quien la atropelló por conducir en estado de embriaguez un vehículo particular que estaba bajo la custodia” de la Sijín.
En febrero de 2004, el Estado pagó una suma de $143 millones a la familia de la víctima, pero en 2005 emprendió la acción de repetición contra Peña Riaño, como responsable de la muerte de la mujer, para que reembolsara los dineros a la Nación.
En su defensa, Peña Riaño argumentó que para la hora de los hechos él ya no estaba en servicio activo y que el vehículo que conducía se encontraba a disposición de la Sijín del Meta y no a su cargo como Comandante de la Policía de Granada.
No obstante, estos argumentos fueron desestimados tanto por el Juzgado Segundo Administrativo de Villavicencio como por el Tribunal Administrativo del Meta, que en fallos de primera y segunda instancia consideraron que no eran procedentes, porque un oficial se encuentra en servicio las 24 horas del día y porque aunque el vehículo estaba bajo custodia de la Sijín le había sido prestado a Peña Riaño por su calidad de comandante de la Policía.
De esta manera, el actual diputado que fue elegido con el aval del PIN, ahora Opción Ciudadana, con 18.880 votos en las elecciones del 30 de octubre de 2011, deberá devolverle $143 millones a la Nación.
En cuanto a la curul, expertos consultados por Vanguardia Liberal aseguraron que no hay efecto alguno, debido a que para la fecha en que ocurrieron los hechos la legislación vigente no castigaba con severidad ese tipo de hechos.
LA VERSIÓN DE LUIS FERNANDO PEÑA RIAÑO
Al ser consultado por Vanguardia Liberal, el diputado Luis Fernando Peña Riaño aseguró que conocía el fallo, pero aclaró que continuará su defensa por considerar que no se tuvieron en cuenta aspectos de ley que determinarían que el Estado no estaba obligado a pagar esa indemnización.
No obstante, expertos consultados por Vanguardia Liberal en derecho administrativo aseguraron que aunque el diputado podría eventualmente pedir una revisión del fallo, las condiciones para acceder a esa posibilidad son muy estrictas y de difícil cumplimiento.
En cuanto a por qué conducía bajo los efectos del alcohol, Peña Riaño aseguró que “las pruebas de alcoholemia fueron presuntamente manipuladas”, sin embargo, esa versión no se comprobó en el proceso penal que se adelantó en su contra.
Respecto al porqué del accidente, indicó: “Cuando yo conducía vi unas motos persiguiéndome, y, según información de inteligencia, mi vida corría peligro y por eso estaba en un carro de la Sijín. Una de esas motos se me adelantó y no frené porque pensé que me iban a hacer algo”.
