El Consejo de Estado decretó la nulidad de la elección del Gobernador del Chocó (2012-2015), Luis Gilberto Murillo Urrutia. La decisión fue adoptada por la Sección Quinta de la Corporación por encontrar que el funcionario estaba incurso en causal de inhabilidad pues fue condenado, en 1997, por el delito de peculado por aplicación oficial diferente.
La condena en su contra fue proferida en agosto de ese año cuando el Tribunal Superior de Quibdó (Chocó) en segunda instancia decidió imponerle una pena a seis meses de prisión por haber destinado, como director de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó (Codechoco) 5 mil millones de pesos para arreglar una escuela. Dinero que se dio se entregó de manera irregular.
Según el Gobernador, la nulidad de su elección no era procedente porque el legislador modificó los elementos del tipo penal de peculado por aplicación oficial diferente y por tanto la inhabilidad debía desaparecer.
La sala estimó que el principio de favorabilidad penal no tenía aplicación en este caso, porque la inhabilidad hace referencia al hecho de haber sido condenado penalmente en cualquier tiempo.
