El Consejo de Estado ordenó al Departamento del Tolima y al Colegio Nacional San Simón, de Ibagué, entidades a las que declaró administrativa y solidariamente responsables, indemnizar a un estudiante que resultó gravemente herido por manipular material explosivo en el laboratorio de física del plantel educativo.
De acuerdo con el fallo del alto tribunal, el Departamento y el Colegio deben responder por los daños y perjuicios sufridos por el demandante, Mauricio Andrés López Giraldo, como consecuencia de las lesiones padecidas que se derivaron del deber de custodia del colegio y la posición de garante que ostenta respecto de los alumnos.
Así, el Departamento y el Colegio tienen que pagar por concepto de perjuicios morales sesenta salarios mínimos mensuales a favor de López Giraldo, y una suma igual por el perjuicio fisiológico.
También condenó a ambas entidades a pagarle a López Giraldo, por concepto de daño emergente futuro, los gastos hospitalarios y médico-quirúrgicos que requiera el estudiante –que estén directamente relacionados con la lesión recibida–, así como los medicamentos que necesite para mantener y recuperar la salud.
El alto tribunal sugirió en su fallo, con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, que el Ministerio de Educación Nacional ofrezca disculpas al estudiante en acto público y que publique la parte resolutiva de su sentencia.
En el término de un mes, el Departamento del Tolima deberá verificar que el Colegio Nacional San Simón cumple con lo exigido en la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994, respecto al reglamento y manual de convivencia.
El Consejo de Estado advirtió que las autoridades nacionales, departamentales y locales competentes deberán verificar el cumplimiento de todas las normas sanitarias, de seguridad industrial y de salud ocupacional a que hace mención la providencia.
El tribunal compulsó copias del fallo a la Procuraduría y a la Fiscalía para que estas entidades evalúen si hay responsabilidad disciplinaria y penal.
Además, el Ministerio de Educación deberá expedir un manual de utilización de laboratorios (de física o química) haciendo énfasis en las medidas de seguridad que deben observarse y de las sanciones disciplinarias por su incumplimiento.
El Ministerio y las secretarias departamentales de educación (o seccionales) y todas las entidades educativas del país deberán proceder a la adecuación de normas técnicas de uso de los laboratorios, normas de seguridad industrial, implementos de protección (batas, calzado adecuado, guantes, etc.) de los laboratorios que existen en los centros educativos.
Recomienda, así mismo, como medida preventiva, la verificación de las condiciones sanitarias, técnicas y de seguridad en las que se encuentren todos los laboratorios del país.
El histórico fallo del Consejo de Estado concluye un proceso que comenzó cuando el estudiante Mauricio Andrés López Giraldo resultó gravemente herido por manipular material explosivo en el laboratorio de física del Colegio Nacional San Simón, de Ibagué.
El colegio permitió que los alumnos hicieran los juegos pirotécnicos para celebrar los 175 años del colegio en 1997. En la manipulación de los materiales, López Giraldo resultó con quemaduras de primer grado, con secuelas para toda la vida.