En un auto emitido el pasado 11 de diciembre de 2025, el Juzgado Catorce Civil Municipal de Cartagena determinó imponer una sanción de tres días de arresto inconmutable y una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual, al alcalde Dumek Turbay, en medio de un incidente de desacato.
El togado consideró que no se había dado cumplimiento efectivo a una orden judicial emitida el 18 de noviembre de 2025, mediante la cual se exigía responder de fondo, en un plazo de 48 horas, una solicitud de información pública sobre el uso de recursos en las Fiestas de Independencia de Cartagena.
La acción fue presentada por la Veeduría Ciudadana Veninusa, a través de su presidente, Jairo Tobinson Ochoa, quien elevó la petición desde el pasado mes de septiembre.
De acuerdo con el procedimiento establecido en el Decreto 2591 de 1991, toda sanción por desacato debe ser consultada ante el superior jerárquico, razón por la cual el despacho ordenó remitir el expediente para que sea el Juzgado Sexto Civil del Circuito el que adopte una decisión definitiva.
Sanción al alcalde Dumek Turbay está en revisión
Mientras se surte el trámite de consulta, la sanción no tiene efectos ejecutorios. Será el juez del circuito quien determine si se confirma, modifica o revoca la decisión adoptada.
El fallo de tutela que dio origen al incidente había concluido que la respuesta entregada por la Alcaldía no cumplía con los requisitos constitucionales de claridad, congruencia y fondo, y que la administración distrital debía garantizar el acceso a información pública solicitada por el accionante.
¿Qué dice la Alcaldía de Cartagena?
Se consultó a Milton Pereira Blanco, jefe de la oficina asesora jurídica y esto dijo: “la decisión todavía no es concluyente, ya que estamos esperando la respuesta de la consulta y estamos convencidos de que será invalidada. El juez ad quo no realizó un análisis exhaustivo de la responsabilidad del alcalde y, en su lugar, supuso que el alcalde mayor de Cartagena es el responsable de desacato.”
El proceso continúa en etapa de revisión, por lo que cualquier determinación definitiva dependerá del fallo que emita el Juzgado Sexto Civil del Circuito.

