Con el fin de garantizar el buen comportamiento en la conmemoración de los 214 años de las Fiestas de Independencia de Cartagena de Indias, el Distrito emitió el Decreto 2109, el cual establece las medidas de orden público, que son de obligatorio cumplimiento en todos los eventos oficiales autorizados y actos festivos que se realicen en la ciudad.
Entre las medidas más importantes, la Alcaldía de Cartagena, a través de la Secretaría del Interior y la Policía Metropolitana de Cartagena, velará por el cumplimiento de las siguientes normas:
1. Cuidado del espacio público: los asistentes y organizadores de eventos deben garantizar la integridad del espacio público y evitar comportamientos que pongan en riesgo la vida de las personas.
2. Restricciones al consumo de alcohol: se prohíbe el porte y consumo de bebidas alcohólicas en envases de vidrio durante el ingreso, salida y desarrollo de los eventos. Además, está prohibida la venta de alcohol a personas con síntomas de intoxicación etílica.
3. Prohibición de drogas: queda prohibido el uso de drogas estupefacientes, sustancias psicoactivas, tóxicas o prohibidas no autorizadas para el consumo.
4. Horario de establecimientos: los bares, discotecas, cafés, restaurantes, clubes sociales y otros lugares donde se vendan o consuman bebidas alcohólicas solo podrán funcionar hasta las 4 de la madrugada, a partir de esa hora deben cerrar o dejar de vender y permitir el consumo de licor.
5. Restricción de amplificación sonora: se prohíbe la utilización de picós o cualquier otra clase de artefactos de amplificación sonora en el barrio y zonas circundantes donde se realicen eventos oficiales, preludios y cabildos autorizados, a excepción de los eventos autorizados por la Secretaría del Interior.
Otras medidas durante el desfile de independencia del 13 de noviembre de 2025
1. Cierre de playas urbanas: se restringe el uso de las playas urbanas de Crespo, Marbella, El Cabrero y Las Tenazas desde las 06:00 a.m. del 13 de noviembre hasta las 06:00 a.m. del 14 de noviembre de 2025.
2. Prohibición de acceso a murallas y baluartes: se prohíbe el ingreso y circulación de personas al cordón de murallas y baluartes aledaños a las avenidas Rafael Núñez y Santander, desde el Baluarte San Pedro Mártir hasta el Baluarte de Santo Domingo, incluyendo los baluartes de San Lucas, Espigón de La Tenaza, Las Bóvedas, Santa Clara, La Merced y Santa Cruz, entre las 7:00 a.m. y las 8:00 p.m.
3. Prohibición de espectáculos no autorizados: se prohíbe la realización de cualquier tipo de espectáculo público o privado, fuera de los autorizados por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, entre las 08:00 a.m. del 13 de noviembre y las 08:00 a.m. del 14 de noviembre de 2025 en la Avenida Rafael Núñez, Calle Real del Cabrero, Avenida Soledad Román de Núñez y Avenida Santander, entre el Hotel Corales de Indias y el Parque de la Marina, incluyendo el Parque Apolo.
Asimismo, el Distrito confirmó que está prohibido obstaculizar vías públicas mediante “retenes” realizados por particulares y arrojar agua o sustancias colorantes sobre personas o vehículos sin consentimiento. Los menores que infrinjan esta norma serán conducidos por la Policía de Infancia y Adolescencia ante la autoridad competente, y sus representantes legales serán sancionados.
Finalmente, la Alcaldía de Cartagena prohíbe la fabricación, porte, transporte, almacenamiento, venta, distribución, manipulación y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o cualquier artefacto explosivo, salvo demostraciones públicas autorizadas por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.