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Cartagena

Exceso de ruido en Club Naval de Castillogrande: juez dio razón a vecinos

Tras comprobarse el exceso de ruido de algunos eventos que se realizan en el establecimiento, un juez dio varias órdenes al Club Naval.

Exceso de ruido en Club Naval de Castillogrande: juez dio razón a vecinos

Los vecinos presentaron una acción popular debido al exceso de ruido de los eventos que se realizan en el Club Naval. // Archivo

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El Juzgado Décimo Administrativo del Circuito de Cartagena emitió el 16 de septiembre de 2025 una sentencia en la que ordena al Centro de Recreación de Oficiales ‘Club Naval Santa Cruz de Castillogrande’ dar estricto cumplimiento a las normas para controlar el ruido producido por los eventos que se llevan a cabo en dicho establecimiento.

La sentencia responde a una acción popular impulsada por vecinos del edificio Punta Castillo, que en 2024 presentaron la demanda alegando que las fiestas o reuniones que se realizan en el sitio en horas de la tarde y de la noche, tienden a sobrepasar los límites de emisión de ruido autorizados en la zona, perturbando la tranquilidad de los residentes. Le puede interesar: Las suspensiones y comparendos por exceso de ruido en Cartagena

Así mismo, aseguraron que algunos eventos requieren el uso de infraestructuras metálicas para tarimas y sistemas de sonido, las cuales suelen ser desmontadas al finalizar los eventos en horas de la madrugada, provocando ruidos molestos que resuenan en los apartamentos de la copropiedad.

Tras las valorar las pruebas allegadas al proceso, el Juzgado declaró vulnerado el derecho de los vecinos al goce de un ambiente sano, debido a que los ruidos emitidos desde el Club Naval estaban por encima de los estándares máximos permisibles.

De hecho, un informe técnico en el que se registraron mediciones de decibeles de sonido en tres fechas distintas, muestra que el ruido estaba entre los 56 dB y 74,5 dB, aún cuando en zonas residenciales lo autorizado son 65 dB durante el día y 55 dB en la noche.

“En este proceso se ha logrado evidenciar que el Centro de Recreación de Oficiales ‘Club Naval Santa Cruz de Castillogrande’ ha generado afectación a los derechos colectivos al goce de un ambiente sano y a la seguridad y salubridad pública de los vecinos y residentes del edificio Punta Castillo, ello a partir del ruido generado con ocasión de los eventos en las áreas abiertas del establecimiento”, dice la sentencia.

En el fallo se atribuye el ruido al uso de amplificación sonora, así como al desmonte de los elementos de infraestructura utilizados para la realización de los eventos. Además, se cuestiona la falta de una barrera de sonido para impedir que el ruido trascienda al exterior y evite la perturbación a los vecinos.

Las órdenes al Club Naval de Castillogrande

Además del cumplimiento de la norma vigente en cuanto a los limites autorizados para la emisión de ruido, el Juzgado ordenó al Club Naval la instalación de sistemas de control para garantizar que el sonido no perturbe a las zonas aledañas habitadas.

Así mismo, prohibió la realización de actividades o eventos en los que se utilicen altoparlantes o amplificadores que provoquen que el ruido trascienda al medio ambiente, sin el permiso previo y escrito de la autoridad competente.

Finalmente, el Juzgado ordenó al Establecimiento Público Ambiental (EPA), en el ejercicio de sus funciones, verificar y velar por el cumplimiento de las normas relacionadas al control de ruido en el Club Naval.

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