La Inspección de Policía de la Comuna 2 de Cartagena ratificó el pasado 31 de enero la orden de desalojo de varios establecimientos y asentamientos irregulares en Chambacú.
Cabe señalar que esta es un área de 7.404,17 m² ubicada junto a la carrera 14 y Muebles Jamar. Esta medida busca restablecer el uso adecuado del espacio público en la zona. Lea también: Desalojo de establecimientos en Chambacú: Alcaldía reafirma la orden
El proceso legal comenzó el 18 de febrero de 2020, cuando la Inspección de Policía recibió una queja presentada por el Distrito contra múltiples negocios que invadieron el espacio público.
Los establecimientos incluyen talleres, cantinas, estaderos y parqueaderos que llevan décadas ocupando el sitio.
Sin embargo, propietarios de dichos negocios han instaurado dos tutelas que fueron desestimadas por los juzgados donde las presentaron, tras revisarse el material probatorio y la argumentación de la Oficina Jurídica del Distrito.
No obstante, una tercera tutela intentó tumbar el proceso que busca erradicar la ocupación irregular del bien de uso público.
Según el Distrito, muchos ciudadanos han denunciado desde hace varios años, varios negocios promueven la inseguridad, el consumo de estupefacientes, las actividades sexuales y la mala disposición de basuras y residuos en el sector.
La decisión ante la nueva tutela que evita su desalojo en Chambacú
Ante esta tercera tutela, el Juzgado 4 Civil Municipal de Cartagena desestimó la misma, ya que alegó que no encontró certezas de que a Heder Jarol Mosquera, se le vulneraran sus derechos fundamentales al debido proceso, vivienda digna y mínimo vital.
En la demanda, Mosquera argumentó que el desalojo era lesivo ante su condición de discapacidad; debido a que se moviliza con una silla de ruedas y en el lugar recibe terapias tras un accidente laboral.
El Distrito señaló que, al parecer, no hay certeza de que el ciudadano habite en el inmueble desde hace 20 años, lugar donde vende bebidas y golosinas en el quiosco denominado “El Pelé”. Además, afirmaron que el poseedor regular era su hermano, quien falleció el año anterior.
Por su parte, la Personería Distrital de Cartagena manifestó que desde el inicio del proceso acompañaron como garantes del debido proceso constitucional, con el objeto de que no se vulneraran los derechos fundamentales de las partes intervinientes, inclusive la última audiencia de fallo.
El Distrito también logró controvertir la afirmación del ciudadano sobre que no había sido notificado del desalojo eventual, resaltando que este es un proceso que inició en febrero de 2020.
La orden de desalojo en el sector de Chambacú
Así las cosas, el Juzgado declaró que no encontró pruebas de que la Inspección de Policía se apartase del respectivo procedimiento policivo (querella policiva de restitución de bienes de uso público).
Además, explicó que tampoco haya incurrido en alguno de los defectos que vienen reseñados en la jurisprudencia constitucional, que hagan viable el amparo constitucional frente a las actuaciones jurisdiccionales que cumple, como son las señaladas en la tutela de Mosquera.
De tal manera que, el juez García denegó el amparo constitucional promovido por Heder Mosquera, rechazó la solicitud de coadyuvancia de otros ocupantes en el sector y, por ende, desestimó otra tutela que buscaba frenar el desalojo en este sector de Chambacú. Le puede interesar: Juez falla tutela a negocio que buscaba evitar su desalojo en Chambacú