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Cartagena

Arrancó la entrega de subsidios de arriendo a damnificados de olas invernales

Los posibles beneficiarios deben llevar la documentación completa al Coliseo de Combate y Gimnasia entre el 10 y el 28 de febrero de 2025.

Arrancó la entrega de subsidios de arriendo a damnificados de olas invernales

El Distrito entregará subsidios de arriendo a damnificados de olas invernales. // Foto: cortesía

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Desde el lunes 10 de febrero de 2025, la Oficina Asesora para la Gestión del Riesgo Desastres (Oagrd) habilitó la suscripción del formato único de contrato de arriendo para el pago de subsidios a los damnificados de olas invernales anteriores (2004, 2007, 2010 y 2012), sentencias judiciales y falla de San Francisco.

El proceso de inscripción, que se lleva a cabo en el Coliseo de Combate y Gimnasia “Ignacio Amador de la Peña”, de 8 a. m. a 3 p. m., tiene atención por pico y cédula de la siguiente manera. Le puede interesar: Así será la entrega de subsidios de arriendo a damnificados de olas invernales

  • Cédulas terminadas en 1: 10 de febrero (Lunes)
  • Cédulas terminadas en 2: 11 de febrero (Martes)
  • Cédulas terminadas en 3: 13 de febrero (Jueves)
  • Cédulas terminadas en 4: 14 de febrero (Viernes)
  • Cédulas terminadas en 5: 17 de febrero (Lunes)
  • Cédulas terminadas en 6: 18 de febrero (Martes)
  • Cédulas terminadas en 7: 20 de febrero (Jueves)
  • Cédulas terminadas en 8: 21 de febrero (Viernes)
  • Cédulas terminadas en 9: 24 de febrero (Lunes)
  • Cédulas terminadas en 0: 25 de febrero (Martes)
  • Día extraordinario: 26 de febrero (Miércoles)
  • Isla Tierra Bomba: 28 de febrero (Viernes)
Se activa jornada para que afectados por olas invernales, en Cartagena, obtengan el pago de los subsidios de arriendo. // Foto: cortesía
Se activa jornada para que afectados por olas invernales, en Cartagena, obtengan el pago de los subsidios de arriendo. // Foto: cortesía

Esto es lo que debes tener en cuenta para acceder al subsidio de arriendo

Los requisitos para acceder al subsidio de arriendo que otorga la Oagrd, son:

  • Certificado bancario original de la cuenta de ahorros del arrendador (para casos de 2004 corresponde al damnificado).
  • Copia de un recibo de servicios públicos donde conste el nombre del arrendador y la dirección de la vivienda a arrendar. Puede ser de agua potable, gas natural o de energía, con antigüedad no mayor a dos meses.
  • En caso de que el arrendador no sea propietario del inmueble, se deberá aportar poder autenticado por biometría en el que se autorice el arriendo del inmueble.
  • RUT del arrendador (para casos de 2004 corresponde al damnificado).
  • Copia de la cédula del arrendador y el arrendatario. Si el arrendador no puede asistir, presenta un poder autenticado.
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