La Alcaldía de Cartagena publicó el Decreto 0047 del 21 de enero de 2025, mediante el cual estableció las medidas necesarias para garantizar la integridad de la ciudadanía y la tranquilidad durante el famoso Festival del Frito Cartagenero y demás actividades enmarcadas en las celebraciones de la Virgen de la Candelaria.
Las medidas de seguridad del Distrito comenzaron a regir desde este jueves 23 de enero hasta el próximo 2 de febrero de 2025. Puede leer: Todo sobre el cierre de vías por el Festival del Frito Cartagenero
En primer lugar, se prohíbe durante la celebración de las Festividades de la Virgen de la Candelaria la ubicación de vendedores estacionarios o ambulantes en el espacio público, en áreas adyacentes al Convento de La Popa, así como en las zonas de influencia de las celebraciones. especialmente en los barrios Lo Amador, El Toril y Pie de la Popa.

No obstante, podrán movilizarse las personas que cuenten con un permiso temporal previo, tramitado ante la Gerencia de Espacio Público y Movilidad, la cual asignará los espacios susceptibles de aprovechamiento económico con criterio de equidad y de manera igualitaria.
Perturbación por ruidos por aparatos de amplificación sonora
Por otra parte, queda prohibida la realización de espectáculos públicos o eventos privados que impliquen el uso de cualquier tipo de artefacto de amplificación sonora que genere alteración pública. Le recomendamos: Festival del Frito 2025: ¿de cuánto será el aforo en su nueva edición?
Esta medida aplica en los barrios: Lo Amador, El Toril, Pie de la Popa, Barrio Chino, El Espinal, Pie del Cerro, La Quinta, Santa Rita, Paseo Bolívar, Pablo VI, Nariño, Loma Fresca, Los Comuneros, Kennedy, Petare, La Bendición de Dios y Navas Meisel.
Los eventos permitidos deberán contar con un permiso de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.
Horarios en locales comerciales
Los establecimientos comerciales deberán cerrar a partir de las 23:00 horas. Esta medida se aplica a los locales de venta y consumo de bebidas embriagantes en los barrios antes mencionados.
Prohibición de artículos pirotécnicos
Se prohíbe la fabricación, porte, almacenamiento, venta, distribución, manipulación y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o cualquier artefacto explosivo, tanto al aire libre como en espacios cerrados, de categorías dos y tres, de conformidad con la Ley 2224 de 2022.
La realización de espectáculos o demostraciones públicas con fuegos artificiales o artículos pirotécnicos de categorías tres y profesionales, que cumplan con todas las medidas de seguridad, deberán ser autorizados por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.
Los menores de edad que realicen cualquiera de las conductas descritas anteriormente serán conducidos por la Policía de Infancia y Adolescencia, con las formalidades establecidas en la Ley 1098 de 2006, ante la autoridad competente: Comisaría de Familia o Defensor de Familia, quienes determinarán las medidas de protección a adoptar.
Instalación del Puesto de Mando Unificado (PMU)
La Oficina Asesora para la Gestión de Riesgo de Desastres (OAGRD) instalará de manera permanente un Puesto de Mando Unificado (PMU) para atender los eventos relacionados con las Festividades de la Virgen de la Candelaria, entre ellos el Festival del Frito que inicia este viernes 24, según indicó el Distrito.
Los organismos de seguridad y tránsito mantendrán un monitoreo constante de las actividades para garantizar el control y la tranquilidad de los asistentes.