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Cartagena

Plan de movilidad peatonal inicia este jueves en 3 zonas de Cartagena

Esta iniciativa representa un paso importante hacia una ciudad más ordenada, sostenible y amigable para los peatones. Entérese de los detalles.

Plan de movilidad peatonal inicia este jueves en 3 zonas de Cartagena

Plaza de La Proclamación.

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A partir de este jueves 26 de diciembre de 2024, Cartagena implementará un plan piloto de movilidad peatonal en los barrios Getsemaní, San Diego y el Centro Histórico. Esta iniciativa, que se extenderá hasta el 20 de enero de 2025, busca mejorar la seguridad de los peatones y ofrecer una experiencia más cómoda tanto para residentes como turistas.

De acuerdo con la Alcaldía de Cartagena, el plan piloto se activará todos los días, de 4:00 p.m. a 3:00 a.m. del día siguiente. Durante este período, se priorizará el paso peatonal en las zonas mencionadas, mientras que la circulación de vehículos será limitada. Lea también: Lanzarán plan piloto de movilidad peatonal en diferentes zonas de Cartagena

Plan piloto de movilidad peatonal transformará Getsemaní, San Diego y Centro Histórico. // Foto: Cortesía.
Plan piloto de movilidad peatonal transformará Getsemaní, San Diego y Centro Histórico. // Foto: Cortesía.

La medida responde al aumento significativo de turistas y residentes en Cartagena durante la temporada de fin de año, especialmente en el Centro Histórico. La alta afluencia de visitantes y la creciente circulación vehicular suelen generar caos y congestión, afectando la calidad de vida de quienes transitan la zona. Con esta intervención, el Distrito busca ofrecer un ambiente más seguro y ordenado durante las celebraciones.

Calles incluidas en el plan piloto

Barrio San Diego:

  • Calle Cochera del Hobo
  • Calle Stuar
  • Calle de la Tablada
  • Calle del Quero
  • Calle de los Puntales
  • Calle de la Bomba
  • Carrera 8 entre calles 37 y 38

Barrio Centro:

  • Calle Antonio Ricaurte
  • Calle de Santa Teresa
  • Calles de Santo Domingo (3)
  • Calle Nuestra Señora del Landrinal
  • Calle de los Santos de Piedra
  • Calle de la Iglesia
  • Calle Nuestra Señora del Rosario
  • Calle Cochera del Gobernador
  • Calle del Arzobispado
  • Calle Estanco del Tabaco
  • Calle Cabal
  • Calle del Candilejo
  • Calle del Colegio
  • Callejón de los Estribos
  • Calle de Ayos
  • Calle del Coliseo
  • Calle Román y Picón
  • Calle Portocarrero
  • Calle Baloco
  • Calle de la Inquisición
  • Calle Vélez Daníes

Barrio Getsemaní:

  • Calle Tripita y Media
  • Calle San Andrés
  • Calle del Guerrero
  • Calle del Pozo
  • Callejón Ancho
  • Callejón Angosto
  • Calle del Carretero
  • Calle de las Chancletas
  • Calle San Juan

Transporte especial

Se prohíbe durante el periodo de aplicación del piloto de movilidad, el ingreso de transporte de servicio especial de turismo en los corredores viales de los barrios Centro y San Diego. Solo se permitirá la circulación por la carrera 2da, vía perimetral de la muralla y por fuera de la muralla, por las avenidas Rafael Núñez y Santander.

Para los barrios La Matuna y Getsemaní solo se permitirá la circulación por la calle 24 (Av del Arsenal, calle 25 (calle Larga), calle 30 (calle de la Media Luna), Avenida Daniel Lemaitre, Avenida Pedregal, Avenida Luis Carlos López y Avenida Blas de Lezo. Le puede interesar: Atención: Así aplicará el pico y placa en Navidad y Fin de Año en Cartagena

Coches turísticos

La circulación de coches turísticos por corredores autorizados y en los horarios estipulados, se regirá conforme a los decretos que regulan a estos operadores turísticos y a las medidas del Ministerio de Transporte, en cuanto al estacionamiento.

Límite de velocidad

Los vehículos motorizados que circulen por el Centro Histórico deberán respetar el límite de velocidad máxima de 30 kilómetros por hora, y los no motorizados, 10 kilómetros por hora.

Ingreso de Taxis

El ingreso de vehículos de transporte público individual de pasajeros tipo taxi y de servicio especial, se permitirá, exclusivamente, en los momentos en que deben recoger o dejar pasajeros al interior de las zonas de restricción establecidas.

Vehículos que podrán circular por las vías del plan piloto de movilidad

  • Vehículos automotores que pertenezcan o hagan parte del cuerpo de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación.
  • Vehículos automotores de emergencia debidamente identificados e iluminados, en desarrollo de sus funciones para movilizar personas afectadas en la salud, para prevenir, atender desastres o calamidades o actividades policiales, debidamente registrados como tales con las normas y características que exige la actividad para la cual se matricule.
  • Vehículos adscritos a empresas de servicios públicos
  • Vehículos funerarios
  • Vehículos adscritos a empresas de transporte de valores
  • Vehículos que transporten personas con discapacidad permanente cuya condición motora, sensorial o mental limiten su movilidad, siempre y cuando cumplan con las normas establecidas para la conducción de vehículos.
  • Vehículos al servicio de empresas de lavandería en operaciones de entrega o recolección
  • Vehículos de autoridades de tránsito
  • Vehículos automotores de residentes o propietarios de predios que tengan parqueadero o garaje fuera de vía. La circulación solo podrá realizarse para entrar o salir de dicho parqueadero o garaje.
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