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Cartagena

Sorprenden a conductor dañando cepo, Distrito lo denunció

El DATT confirmó que el infractor estaba mal parqueado en la vía pública. El alcalde Dumek Turbay, lanzó una dura advertencia.

Sorprenden a conductor dañando cepo, Distrito lo denunció

Conductor molesto golpeó el cepo colocado en su vehículo por mal parqueo.//Foto: cortesía

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El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), elevó ante la Fiscalía Seccional una denuncia contra tres conductores, quienes en señal de molestia golpearon los cepos que les colocaron los agentes a sus vehículos por el mal parqueo en plena vía pública. Los carros ocupaban un carril que es de libre circulación del tráfico.

En un comunicado, el DATT explicó que uno de los casos sucedió el pasado 24 de agosto, cuando el conductor de un vehículo golpeó en diferentes ocasiones el mecanismo de bloqueo vehicular. Así mismo, otro suceso se registró el 11 de septiembre en la carrera 17 con calle 25, en Manga, donde el infractor le provocó daños a los Mevlov con reiterados golpes.

Por golpear los cepos: DATT denuncia a tres conductores.//Foto: cortesía
Por golpear los cepos: DATT denuncia a tres conductores.//Foto: cortesía

El tercer incidente ocurrió en Castillogrande, el 19 de septiembre, en carrera 5ta con calle 5ta, durante un operativo contra el mal parqueo en ese sector de la ciudad. “El ciudadano ofuscado le dio patadas al Mevlov que bloqueaba su camioneta”, señaló. Le recomendamos: Aumentan las inmovilizaciones por invadir carril de Transcaribe

Dispositivo de bloqueo colocado por el DATT.//Foto: cortesía
Dispositivo de bloqueo colocado por el DATT.//Foto: cortesía

Por su parte, el alcalde Dumek Turbay, se pronunció ante los acontecimientos. En su cuenta de X advirtió: “Le irá peor a él y a quienes lo vienen haciendo, pues serán denunciados ante la Fiscalía”, esto refiriéndose a un video en el que se muestra el momento cuando el dueño de un vehículo bloqueado le propina reiteradas patadas al Mevlov en medio de su molestia.

Daño en bien ajeno

El artículo 265 del Código Penal establece:

El que destruya, inutilice, haga desaparecer o de cualquier otro modo dañe bien ajeno, mueble o inmueble incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses y multa de seis puntos sesenta y seis (6.66) a treinta y siete puntos cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor-, y en su Artículo 266, Circunstancias de Agravación Punitiva: La pena se aumentará hasta en una tercera parte, si la conducta descrita se cometiere:

1. Produciendo infección o contagio en plantas o animales

2. Empleando sustancias venenosas o corrosivas

3. En despoblado o lugar solitario

4. Sobre objetos de interés científico, histórico, asistencial, educativo, cultural, artístico, sobre bien de uso público, de utilidad social, o sobre bienes que conforman el patrimonio cultural de la Nación.

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