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Cartagena

Juzgado de Cartagena falla en contra de reconocido edificio en Manga

El Juzgado Décimo Segundo Administrativo Oral de Cartagena aseguró que la infraestructura vulneró el derecho colectivo a la realización de construcciones.

Juzgado de Cartagena falla en contra de reconocido edificio en Manga

Edificio en Manga. // Archivo

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A través de una sentencia emitida el pasado 24 de junio, el Juzgado Décimo Segundo Administrativo Oral de Cartagena declaró que la Promotora y Constructora Las Flores S.A.S vulneró el derecho colectivo a la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos.

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Esta sociedad es la responsable de la construcción de un edificio en el barrio Manga, el cual, según determinó el Juzgado, no cumple con las especificaciones urbanísticas que contenía su licencia de construcción.

“Se ha podido establecer que el propietario inicial englobó los lotes de matrícula inmobiliaria y que con este englobe se obtuvo un frente total del inmueble a intervenir en el proyecto constructivo de 25 metros lineales y un área total de 1.260 m², elementos que sirvieron de base para el cumplimiento de la norma urbanística y la obtención de la licencia respectiva, pero el edificio se terminó construyendo en un solo lote y no en la totalidad del mismo, como estaba establecido al momento del licenciamiento”, dice la sentencia.

El caso se remonta al año 2018, cuando un ciudadano elevó una queja ante la Procuraduría Provincial de Cartagena, que adelantó una acción preventiva frente al caso. Luego, en 2020, el ente de control presentó una acción popular.

En la demanda, se pedía la adecuación o demolición de la obra, sin embargo teniendo en cuenta un dictamen pericial, el Juzgado no accedió a esta pretensión.

En el estudio se determinó que el edificio, a pesar de haber cometido una infracción urbanística, cumple con las exigencias estructurales y de sismo resistencia y que no era viable iniciar un proceso de demolición.

Además, se tuvo en cuenta que por estos mismos hechos, la Promotora y Constructora Las Flores S.A.S. ya había sido sancionada por parte de la Inspección de Policía de la Comuna 1B en diciembre de 2020, por lo que fue obligada a pagar una multa de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Por este motivo el Juzgado tampoco impuso una medida sancionatoria y solo declaró que el derecho colectivo fue vulnerado.

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