En una decisión trascendental para el desarrollo de infraestructuras en Colombia, se ha emitido la Resolución Número 1729, fechada el 26 de mayo de 2023, que establece el inicio del cobro de la Contribución Nacional de Valorización en el Proyecto Vial Cartagena – Barranquilla – Circunvalar de la Prosperidad.
Este proyecto, centrado en la mejora de la infraestructura de transporte en los departamentos de Bolívar y Atlántico entre las ciudades de Cartagena y Barranquilla, abarca la vía de primer orden de la Transversal del Caribe, ruta 90A01, y la vía entre Malambo y Las Flores, conocida como la Circunvalar de la Prosperidad. Lea además: Presidente Duque entregó proyecto vial Cartagena-Barranquilla
El proyecto, ejecutado mediante dos contratos, uno de asociación público-privada a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura y otro de obra pública a cargo del Instituto Nacional de Vías, consta de seis unidades funcionales, abarcando un total de 152.2 kilómetros y 5 peajes, con fecha de finalización estimada el 31 de mayo de 2023.
La Contribución Nacional de Valorización, establecida en la Resolución, se fija en SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS pesos constantes de 2022 ($724,544,292,852 a precios de 2022). Este monto se expresará en Unidades de Valor Constante, equivalentes a 19,064,948.23 UVT.
Particularmente, en Cartagena, los predios en específico son todos los que se encuentran delimitados de dentro de los linderos que a continuación se transcriben: por el sur y el occidente con el mar Caribe en el sector de Bocagrande y Manga, por el oriente recorre aproximadamente 0,9 kilómetros hasta encontrar la Avenida Pedro de Heredia, continua su extensión por la mencionada avenida hasta la Avenida Paseo Bolívar, vía con la cual continua la delimitación hasta encontrar la Avenida Santander.
La delimitación por el oriente continúa encontrando el mar caribe abarcando el aeropuerto Rafael Núñez, continúa por el costado oriental adentrándose el polígono cinco (5) Kilómetros aproximadamente del eje vial de la vía Cartagena - Barranquilla hasta encontrar el municipio de Santa Catalina.

El proceso de distribución y liquidación de la contribución deberá completarse en un plazo de tres (3) años a partir de la fecha de expedición de la Resolución.
Criterios de exención y exclusión para predios $>
Cabe destacar que se han establecido criterios de exención y exclusión para predios identificados como hogares de bajos recursos según el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales – SISBEN.
A continuación, se detalla el proceso:
Definición de predios exentos:
Predios exentos son aquellos que, a pesar de estar sujetos al pago de la contribución nacional de valorización, podrán ser exentos de una parte del tributo asignado. Esta exención se llevará a cabo mediante una decisión administrativa del Estado.
Análisis de capacidad de pago:
La exención se determinará a través de un análisis detallado que aproxime la capacidad de pago de los hogares propietarios de los predios ubicados dentro de la zona de influencia del proyecto de infraestructura.
Oferta de condiciones de pago:
A los propietarios de predios que cumplen con los criterios de exención, se les ofrecerán condiciones de pago especiales. Estas condiciones estarán diseñadas para adaptarse a la situación económica de los hogares propietarios y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, buscando asegurar una contribución acorde con sus posibilidades financieras.
Categorización según SISBEN:
La identificación de los predios exentos se basará en la información proporcionada por el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (SISBEN). Específicamente, se considerarán predios pertenecientes a hogares categorizados como “pobres extremos” (A1-15) o “pobres moderados” (B1-B7) a la fecha de distribución del tributo.
Exención del 50%:
Los predios que cumplen con los criterios y están categorizados como “pobres extremos” o “pobres moderados” según el SISBEN serán exentos de la contribución nacional de valorización en un 50%. Esto implica que solo deberán abonar la mitad del tributo asignado, contribuyendo así a una distribución más equitativa de la carga fiscal en consonancia con la capacidad económica de los hogares afectados.
Aunque la resolución fue publicada en mayo de 2023, aún no se tiene información sobre el estado actual de la misma, y su afectación en la economía de los vecinos de vía.
