El de mañana, al ser el segundo lunes del mes de diciembre, contará con la restricción de circulación de motocicletas en Cartagena, de acuerdo con las disposiciones del Decreto 0495 de 2023.
Este decreto impone medidas restrictivas para la circulación de vehículos tipo motocicleta, incluyendo cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido con motor. Lea aquí: Fecha límite para reclamar pago del cuarto ciclo de Devolución del IVA
Existen excepciones a esta restricción, permitiendo la circulación de motocicletas debidamente caracterizadas por la Secretaría del Interior y que estén en estado aprobado. Sin embargo, estas motocicletas deben circular sin acompañante y cumplir con todas las normas de tránsito y utilizar elementos de protección. Lea aquí: La entidad que evitó que las murallas fueran destruidas cumple 100 años
Adicionalmente, se autoriza la circulación de motocicletas conducidas por su propietario, siempre y cuando este pueda acreditar su condición exhibiendo su licencia de tránsito. Se prohíbe expresamente la circulación con acompañantes.
Es relevante recordar que, según este decreto, se consideran “días sin moto” el segundo y el último lunes de cada mes.