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Cartagena

Asobares rechaza borrador del decreto sobre horarios de rumba en Fin de Año

Las directivas de la asociación alegaron que los horarios que busca implementar el Distrito no fueron socializados.

Asobares rechaza borrador del decreto sobre horarios de rumba en Fin de Año

Pese a que se extiende el horario de rumba en Navidad y Fin de Año en Cartagena, Asobares rechaza la medida que se busca implementar por el Distrito. // El Universal.

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Tras conocerse el borrador del decreto de las medidas de seguridad y convivencia que busca implementar la Alcaldía de Cartagena, a través de la Secretaría del Interior, para la temporada de Navidad, Fin de Año y Año Nuevo, la directiva de Asobares Cartagena expresó su firme rechazo a los horarios específicos para diferentes tipos de establecimientos nocturnos de la ciudad.

Alejandro Sarasti, miembro de la directiva de Asobares Cartagena, destacó varias preocupaciones clave en relación con las propuestas por parte del Distrito para con este gremio. Uno de los puntos fundamentales de la oposición a las medidas se relaciona con una orden judicial que impide la restricción de horarios.

“Nuestra posición como gremio es de rechazo teniendo en cuenta que existe una orden judicial que impide la restricción de horarios. Lo consideramos grave porque pasa por encima de la decisión de un juez”, expresó el empresario. Lea aquí: “No hay autorización para la Cabalgata de Velitas”: Secretaría del Interior

Sarasti también señaló que lo planteado por las autoridades podría tener un efecto negativo, ya que, con esto se fomentaría la clandestinidad de las actividades en lugar de regularlas adecuadamente. “Estas prohibiciones y restricciones traen como consecuencias la clandestinidad de las actividades que escapan de todo tipo de controles, inspecciones y la vigilancia por parte de las autoridades”, indicó.

Además, el directivo de Asobares Cartagena enfatizó su compromiso de proporcionar espacios seguros para todas las personas que se benefician de estas actividades legalmente. Argumentaron que la industria brinda empleo a muchas personas durante todo el año y que es fundamental garantizar que las medidas no perjudiquen a quienes operan de manera legal y cumplen con los requisitos.

También destacó que durante la temporada alta, la fuerza laboral de la industria se incrementa significativamente, generando un aumento del 40 al 50% en el empleo. Esto subraya la importancia económica de la industria de bares y discotecas en Cartagena. Lea también: ¿Sabes por qué se celebra el Día de las Velitas? Aquí te explicamos

Por último, Sarasti lamentó la falta de socialización por parte de la Secretaría del Interior con respecto a estas medidas. Según su declaración, se enteraron de las propuestas a través de las redes sociales y las noticias, sin que se tuviera en cuenta la opinión y la experiencia de los miembros de Asobares Cartagena en la elaboración de estas medidas.

Los horarios a implementar

El borrador del decreto dice: se establecen horarios específicos para diferentes tipos de establecimientos, a partir de la expedición del decreto y hasta el 21 de enero de 2024:

- Bares, gastrobares, discotecas, estaderos, cantinas, tabernas, billares y cualquier establecimiento con venta y con consumo de bebidas alcohólicas en el local (Código CIUU: 5630). De 10 a.m. a 3 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.

- Casas de alquiler para eventos, salones de recepciones y fiestas sociales, casinos, salones de juego localizados, con o sin venta y con consumo de bebidas alcohólicas (Código CIUU: 5621, 9200). De 10 a.m. a 3 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.

- Centros o clubes sociales públicos o privados, cuando ofrezcan servicios o actividades de recreación y cuando expendan bebidas alcohólicas y realicen bailes o cualquier tipo de espectáculo que no sea dirigido exclusivamente a socios o accionistas, sino que sea dirigido al público en general (Código CIUU: 9007, 9329, 9499). De 10 a.m. a 3 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023. Le puede interesar: “Fue un rotundo no”: Asocentro sobre Cabalgata de Las Velitas

- Restaurantes: Funcionamiento desde las 5 a.m., pero la venta de bebidas alcohólicas será de 8 a.m. a 2 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.

- Tiendas, salsamentarias, estancos, licorerías, cigarrerías y similares: Desde las 5 a.m, pero la venta de bebidas alcohólicas será de 10 a.m. a 11:59 p.m., extendiéndose hasta la 1 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.

El propietario o responsable de cualquier establecimiento comercial o abierto al público donde se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas, que infrinja lo establecido en el decreto será objeto de las medidas correctivas establecidas para cada comportamiento contrario a las normas de convivencia, conforme a lo establecido en la Ley 1801 de 2016. Lo anterior, sin perjuicio de las demás sanciones aplicables a dichos establecimientos por violación a las normas.

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