La Alcaldía de Cartagena anunció el borrador de un nuevo decreto con medidas específicas de seguridad y convivencia para la temporada de Navidad y Año Nuevo, buscando garantizar la tranquilidad tanto de los cartageneros como de los turistas que visitan la ciudad en esta época festiva. Lea: Estas son las medidas de seguridad, orden público y horarios para Fin de Año
Aquí están los aspectos más destacados del borrador del decreto, el cual estará abierto al público durante 2 días, para que la ciudadanía lo analice y pueda hacer comentarios u observaciones.
Establecimientos nocturnos$>
Se establecen horarios específicos para diferentes tipos de establecimientos, a partir de la expedición del decreto y hasta el 21 de enero de 2024:
- Bares, gastrobares, discotecas, estaderos, cantinas, tabernas, billares y cualquier establecimiento con venta y con consumo de bebidas alcohólicas en el local (Código CIUU: 5630). De 10 a.m. a 3 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.
- Casas de alquiler para eventos, salones de recepciones y fiestas sociales, casinos, salones de juego localizados, con o sin venta y con consumo de bebidas alcohólicas (Código CIUU: 5621, 9200). De 10 a.m. a 3 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.
- Centros o clubes sociales públicos o privados, cuando ofrezcan servicios o actividades de recreación y cuando expendan bebidas alcohólicas y realicen bailes o cualquier tipo de espectáculo que no sea dirigido exclusivamente a socios o accionistas, sino que sea dirigido al público en general (Código CIUU: 9007, 9329, 9499). De 10 a.m. a 3 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.
- Restaurantes: Funcionamiento desde las 5 a.m., pero la venta de bebidas alcohólicas será de 8 a.m. a 2 a.m. del día siguiente, extendiéndose hasta las 4 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.
- Tiendas, salsamentarias, estancos, licorerías, cigarrerías y similares: Desde las 5 a.m, pero la venta de bebidas alcohólicas será de 10 a.m. a 11:59 p.m., extendiéndose hasta la 1 a.m. los días 7, 24 y 31 de diciembre de 2023.
El propietario o responsable de cualquier establecimiento comercial o abierto al público donde se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas, que infrinja lo establecido en el decreto será objeto de las medidas correctivas establecidas para cada comportamiento contrario a las normas de convivencia, conforme a lo establecido en la Ley 1801 de 2016. Lo anterior, sin perjuicio de las demás sanciones aplicables a dichos establecimientos por violación a las normas.