El Establecimiento Público Ambiental, EPA Cartagena, reiteró el llamado a las diversas campañas políticas en la ciudad a que eviten el uso de la infraestructura pública para sus avisos publicitarios o propaganda electoral exterior.
La autoridad ambiental señaló que seguirán los operativos de control a la contaminación visual en la ciudad.
De igual manera, el EPA invitó a todos que cumplan las normas ambientales para así poder contribuir con el cuidado del espacio público de Cartagena. Lea: En Cartagena se sigue fortaleciendo la cultura ambiental con “Mi Barrio Sostenible”
El subdirector Técnico de Desarrollo Sostenible del EPA, Roberto González, recordó a los diversos candidatos que el inmobiliario público no debe ser objeto de ese tipo de publicidad. Lea: ¡Atención! Volcamiento de ‘mula’ tiene restringido el paso en la Crisanto Luque
“Invitamos a que utilicen otro tipo de estrategias o medios que sean menos contaminantes, ya que la mayoría de este tipo de publicidad, en especial los afiches, terminan en las calles y a su vez en los cuerpos de agua con las lluvias”.
Así mismo, el funcionario recordó que se debe dar cumplimiento a lo contemplado en el acuerdo 041 de 2007, por medio del cual se reglamenta la publicidad exterior visual en el distrito de Cartagena, que en uno de sus artículos señala que la persona responsable de cualquiera de los medios de publicidad regulada en este acuerdo, deberá registrarla a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles anteriores a su colocación, ante la Secretaría de Planeación, quien supervisará el cumplimiento de los requisitos y condiciones pertinentes. Lea: Llegaron a Cartagena más de 100 peces y cangrejos decomisados en Bogotá
Durante los operativos realizados en conjunto con la Guardia Ambiental y Secretaría del Interior, se han decomisado y retirado avisos, carteles y pendones de campañas políticas de Concejo, Alcaldía, Junta Administradora Local, Gobernación, promociones comerciales (restaurantes, prestamos, ventas, bailes y eventos públicos etc.) en contravención a lo establecido en el Decreto 948 de 1995 (Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica y la Protección de la Calidad del Aire).

