Vía redes sociales se dio a conocer la escandalosa escena de una pareja detenida por miembros del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), quienes detuvieron a una mujer por conducir aparentemente en estado de alicoramiento.
En el clip, que corresponde a este fin de semana, se observa a un vehículo inmovilizado en la avenida Santander, cerca del Parque Apolo. Un hombre se dirige a los agentes de tránsito a manera de súplica: “Muchachos, disculpen ¿será que me pueden acompañar hasta mi edificio? y hacer caso omiso a esta rebeldía”, expresó el hombre refiriéndose a su esposa, quien se encontraba dentro del vehículo en el puesto del piloto. Lea también: Recuerde: Este martes cambia rotación de pico y placa en motos y particulares
La mujer habría cometido la infracción y su esposo la mantuvo dentro del carro para evitar confrontaciones debido a su fuerte carácter. La mujer gritaba furiosa desde el interior del vehículo, mientras grababa con el celular. Pasados algunos minutos salió para resolver el conflicto, pero la discusión se fue subiendo de tono cuando el agente sacó el alcoholímetro. “Como en este país hay una ley que dice que uno puede guardar silencio, yo voy a guardar silencio”, expresó la mujer alterada.
A continuación, el video:
¿Qué dice el DATT?
El Universal contactó al DATT de Cartagena, desde donde indicaron que la mujer no se quiso hacer la prueba de alcoholemia, pero que finalmente pudieron culminar el procedimiento a pesar de los insultos. Por medio de un video, el DATT evidenció y documentó el momento en que la mujer estaba orinándose en la avenida Santander, razón por la que habrían intervenido y descubrieron que estaba conduciendo tomada.
“La Policía solamente apoyó el procedimiento del tránsito. La señora tenía tercer grado de alcoholemia y le pusieron su comparendo, pero ante las groserías y agresiones a los policías, ellos también van a adelantar un proceso por violación al código y el video va a ser una de las pruebas que van a adjuntar”, señaló el organismo de tránsito.
Este medio intentó contactar a la pareja para obtener su versión; sin embargo, no ha sido posible obtener información de ellos.
Negarse a realizarse la prueba de alcoholemia
El Ministerio de Transporte resolvió una consulta relacionada con el fundamento legal de cuando una persona se niega a realizarse una prueba de alcoholemia y cuando, por error de quien la realiza o del ciudadano objeto, no se lleva a cabo en debida forma.
Según la entidad, frente a un posible caso de embriaguez evidenciado por un agente de tránsito de control en vía, el artículo 150 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769/02) establece la posibilidad de solicitar a todo conductor de vehículo automotor la práctica del examen de embriaguez, mediante el cual se pueda determinar si aquel está bajo los efectos producidos por el alcohol o las drogas o sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas.
A su vez, el artículo 152 dispone que al conductor del vehículo automotor que pese a ser requerido por las autoridades de tránsito, con plenitud de garantías, no permita la realización de las pruebas físicas o clínicas para determinar si está bajo los efectos del alcohol, se le cancelará la licencia, se impondrá una multa correspondiente a 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) y se procederá con la inmovilización del vehículo por 20 días hábiles. Lea también: Protección Costera: solicitan recursos para señalización de playas
Así las cosas, precisó la entidad, la consecuencia legal por negarse a realizar la prueba de alcoholemia solicitada por un agente de tránsito no tiene el mismo fundamento normativo al caso objeto de análisis, es decir, cuando es realizada por el agente de tránsito de manera errónea.
En el primer caso, agregó, se vulneran las normas de tránsito, mientras en el segundo se vulnera el debido proceso del presunto contraventor, para lo cual deberá ejercer el derecho de defensa y contradicción dentro del respectivo proceso contravencional.