Mediante el decreto 0495 del 5 de abril de 2023, la Alcaldía de Cartagena realizó algunos ajustes al día sin moto en la ciudad, recordemos que esta medida que aplicaba los segundos y último viernes de cada mes, pasó para los días lunes (segundo y último de cada mes), con algunas excepciones. Lea: Atención: nuevos cambios en el día sin moto en Cartagena
El segundo lunes de cada mes, se exceptúan de la restricción:
1. Las motocicletas que sean conducidas por su propietario, quien deberá acreditarlo exhibiendo la licencia de tránsito.
2. Las motocicletas que estén inscritas en el registro de que trata el artículo 1 del Decreto Distrital 1579 de 2022, que se encuentren en estado “Aprobado” en dicho registro (caracterización realizada por la Secretaría del Interior). También le puede interesar: Tecnomecánica: ¿cuánto cuesta y qué debes hacer para sacarla en Cartagena?
Este día pueden llevar acompañante cumpliendo con todas las normas de tránsito y elementos de protección.
El último lunes de cada mes, se exceptúan de la restricción:
1 . Las motocicletas que sean conducidas por su propietario, quien deberá acreditarlo exhibiendo la licencia de tránsito, y que circulen sin acompañante.
2. Las motocicletas que estén inscritas en el registro de que trata el artículo 1 del Decreto Distrital 1579 de 2022, que se encuentren en estado “Aprobado” en dicho registro, siempre y cuando circulen sin acompañante” (Caracterización realizada por la Secretaría del Interior).
Las medidas restrictivas de circulación aplica para los vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido.