Han pasado dos años desde que el Tribunal Administrativo de Bolívar tomó la polémica decisión de anular la Resolución 0467 de 2012, a través de la cual se reglamentó la titulación colectiva del corregimiento de La Boquilla.
Lea aquí: En primera instancia, anulan título colectivo de La Boquilla
Lo que argumenta el fallo es que el antiguo Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) entregó este título al corregimiento en calidad de “suelo rural”, aún cuando “tenía conocimiento, antes de dar inicio al trámite de titulación colectiva, de que La Boquilla no era área rural”.
Este argumento se basa en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), que califica a La Boquilla como una “zona incorporada en el componente urbano del Distrito de Cartagena”.
Frente a tal fallo, las reacciones no se hicieron esperar y la misma comunidad impugnó la decisión, que ahora está a consideración del Consejo de Estado. Así mismo, recibió apoyo del Distrito, la Procuraduría y la Agencia Nacional de Tierras (ANT) con el fin de mantener su titulación colectiva.
Puede leer: La Boquilla impugna fallo que anuló su titulación colectiva
En entrevista con El Universal, la directora de la ANT, Myriam Martínez Cárdenas, se refirió a este caso e indicó que una cuestión de suelo no puede poner en tela de juicio el título colectivo de una comunidad con un arraigo territorial como el que tiene La Boquilla.
“El título de La Boquilla es un título legalmente expedido y hace un reconocimiento del tema territorial. Nosotros apelamos la decisión y le explicamos al Consejo de Estado que el hecho de que una ciudad cambie las normas del suelo no desconoce los títulos colectivos”, puntualizó Martínez Cárdenas.
La directora indicó que siguen a la espera de la decisión del Consejo de Estado, pero insistió en que no se debe desconocer el arraigo que tiene esta comunidad sobre su territorio.
“Decir que por un tema de suelo se desconoce el arraigo territorial es algo muy delicado. Estamos muy atentos a la decisión, pero nuestra posición es de apoyo a la comunidad”, afirmó Martínez Cárdenas.
Los argumentos de la impugnación
Entre los argumentos presentados por la comunidad en la impugnación contra el fallo está el hecho de que el POT de la ciudad no tiene en cuenta el artículo 318 de la Constitución Política, el cual establece que los corregimientos hacen parte de las zonas rurales de los municipios.
Así mismo, la comunidad se ampara en la Ley 21 de 1991, que protege las tierras de las comunidades negras; y en la Ley 70 de 1993, que reconoce la propiedad colectiva de la tierra de las comunidades afrocolombianas que históricamente han habitado en determinado territorio, ya sean cascos urbanos o rurales, con el fin de que, según el artículo 7 de la Constitución, los habitantes de estas zonas mantengan su integridad e identidad cultural.
Bajo estos argumentos, en La Boquilla esperan que el fallo del Consejo de Estado sea positivo para ellos y así conserven la titulación colectiva.