El Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó la suspensión provisional del proceso de liquidación de Electricaribe, esto luego de la demanda interpuesta por Mola Lawyers Group S.A.S, quienes solicitaban medidas cautelares urgentes para evitar un perjuicio que se pueda generar a la parte accionante por la demora que pueda tener el proceso judicial y la expedición de una sentencia que defina la controversia. (Lea: Contraloría sanciona con $211.755 millones a Electricaribe)
En la decisión del Tribunal se adoptan medidas cautelares mientras se resuelve la demanda sobre la controversia contractual planteada por la firma Mola Lawyers Group S.A.S., quien reclama el pago que le correspondería por la recuperación y cobro de la cartera adeudada por los residentes de barrios eléctricamente subnormales de cada uno de los municipios, distritos y departamentos de los cuales es acreedor Electricaribe.
La parte demandante solicitó como medida cautelar de urgencia, la suspensión provisional de los efectos de la resolución por la cual se ordena la liquidación de la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P (Electricaribe S. A. E.S.P.). (También le puede interesar: Liquidación Electricaribe: hasta el 14 de mayo reciben reclamaciones)
El Tribunal Administrativo de Bolívar también ordenó a través de ese fallo suspender de inmediato el pago de todos los acreedores, exceptuando el giro de recursos relacionados con las acreencias laborales, tributaria y gastos de administración de todo orden.
“Ordenar a la empresa Electricaribe - en liquidación - hace una reserva legal o provisión financiera que alcance a cubrir la cuantía de las pretensiones de esta demanda para responder ante una eventual sentencia condenatoria. Suspender parcialmente la ejecución del proceso de liquidación de conformidad al numeral 2 del artículo 230 del CPACA, cesando de inmediato el pago a todos los acreedores, excepto en lo relacionado con el pago de acreencias laborales, tributarias y gastos de administración de todo orden”, se lee en el oficio emitido por el tribunal.
Se ordenó a la empresa hacer una reserva legal o provisión financiera que alcance a cubrir la cuantía de las pretensiones de la demanda presentada por Mola Insignares, para responder ante una eventual sentencia condenatoria.