En un histórico y extenso fallo ejecutoriado de 123 páginas, conocido este martes aunque fechado el pasado 21 de agosto, el Consejo de Estado le ordena a la Nación, al Distrito y otras autoridades, adoptar en un lapso máximo de 5 años un ‘Plan Maestro de Restauración Ecológica para la Bahía de Cartagena’, “de acuerdo con sus competencias constitucionales, legales y reglamentarias”.
Se trata de una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera del alto tribunal, tras analizar de fondo y modificar algunas consideraciones de un fallo original emitido el 1 de agosto de 2019 por el Tribunal Administrativo de Bolívar.
La sentencia expone con claras definiciones de tiempo, un paso a paso del esquema que deben seguir las autoridades para materializar ese objetivo ambiental con la Bahía de Cartagena, y en tal sentido concede un término de 6 meses para realizar inicialmente el diseño y adopción del ordenado Plan Maestro.
Los demandados son la Nación a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA); Ministerio de Defensa, Armada Nacional, Dirección General Marítima (Dimar) y la Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial (Cotecmar); la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique), Alcaldía Mayor de Cartagena y el Establecimiento Público Ambiental de Cartagena (EPA)
La demanda fue instaurada por la Procuraduría General de la Nación junto con la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.
MÁS DISPOSICIONES DEL FALLO
La sentencia del Consejo de Estado determina que el ‘Plan Maestro de Restauración Ecológica para la Bahía de Cartagena’ contendrá por lo menos un programa de prevención, reducción y control de fuentes terrestres y marinas deteriorantes, como son los vertimientos de aguas residuales y de alcantarillado causantes de la contaminación de la bahía.
También determina la creación de “un programa de rehabilitación y restauración de ecosistemas marinos y costeros degradados, conservación de especies y biodiversidad marina”.
Enfatiza en la ejecución de un programa de conservación de áreas marinas y costeras protegidas, que contemple la actualización de las zonas de manglares de la Bahía de Cartagena.
Muy importante también es el mandamiento jurídico de implementar un Plan de Manejo del Área Marina Protegida: archipiélagos del Rosario y San Bernardo, y la península de Barú, zona costera continental, protección de ecosistemas de arrecifes de coral, manglares y praderas de pastos marinos.
Se dispone el desarrollo de programas de educación y uso sostenible, de sistemas de información, y de gestión estratégica de intereses marítimos.
El fallo establece que una vez sea aprobado el Plan Maestro de Restauración de la Bahía, el Comité Ambiental se reunirá cada cuatro meses para verificar los avances y dificultades en la consecución de las metas y desarrollo de los programas, a fin de proponer alternativas que las solventen.
Muchos otros temas se disponen en la parte resolutiva de esta sentencia, con un objetivo de fondo, que es la recuperación ambiental integral y biodiversa de la degradada Bahía de Cartagena.