Hace más de cinco años en Cartagena se habla del litigio de un predio en inmediaciones de la carretera La Cordialidad, junto a la urbanización Ciudad del Bicentenario, entre la familia Hernández y la Fundación Mario Santo Domingo. (Lea aquí: Una familia asegura ser dueña de lote donde se construirá un macroproyecto)
Los Hernández aseguran ser los legítimos dueños de esas hectáreas por ser herederos de Pedro Hernández y que por tanto tienen todo el derecho de estar allí; mientras que la fundación asevera que la tierra se compró de manera legal.
Este predio es reconocido porque allí se pretende construir todo un complejo residencial y otras obras, como parques, colegios, y centros de desarrollo, incluido un colegio que se hará gracias a dineros donados por la cantante Shakira. (Lea aquí: ¿Qué pasa con el lote para colegio donado por Shakira? )
En medio del proceso, recientemente se conoció una nueva decisión proferida por el Juez 9 Civil Municipal, Felmir Martínez Castaño. Se trata de una orden de arresto por cinco días y una multa de 5 SMMLV al inspector de policía de Bayunca, Arnaldo Hidalgo, por desacatar una sentencia 8 de junio de 2018.
“Declarar en desacato al inspector de policía de Bayunca, Arnaldo Hidalgo, quien cuenta con superior jerárquico el señor William Dau, por el incumplimiento de la sentencia de tutela de primera instancia proferida por este Despacho en fecha 8 de junio del año 2018”, señala el fallo.
La sentencia que no cumplió el inspector fue la que ordenó rehacer desde su inicio el proceso policivo.
“Que proceda a dejar sin efectos lo actuado en el trámite de la querella de policía instaurada por los señores: Francisco Antonio Vera Pallares y Manuel Hernández Vergara por presunta perturbación de una posesión (...) y proceda a dejar sin efecto la orden de amparo policivo concedida dentro del mismo”, se lee en el fallo de 2018.
El nuevo fallo del juzgado noveno también advierte que la imposición de la sanción no lo exonera del deber de dar cumplimiento a la orden de tutela, “la cual deberá cumplirse de forma inmediata, conminándola para ese efecto, de manera que se garantice la efectividad de los derechos fundamentales amparados al incidentante (Francisco Antonio Vera Pallares y Manuel Hernández Vergara)”.