Muchas quejas e inconformidades han hecho decenas de familias en Cartagena a raíz de la decisión de las funerarias de cremar los cuerpos de sus seres queridos que han muerto en medio de la pandemia por el COVID-19.
La querella más común es que tales personas no murieron por este virus sino por otras enfermedades, y aún así eran tratados como sospechosos de coronavirus.
Ante este panorama, desde el Dadis enfatizaron en que según el protocolo del Ministerio de Salud, existen dos formas de disposición final de los cadáveres, uno es la cremación y el otro es la sepultura tradicional.
(Lea: Alcaldía de Cartagena ha invertido $27 mil millones durante la pandemia).
Efraín Espinosa, director Operativo de Aseguramiento y encargado del área de Prestación de Servicios, explicó que quien tiene que dar la autorización de cremación o sepultura son los familiares. “No puede haber cremación sin autorización de las familias. Es importante que quede claro que la recomendación del Ministerio de Salud es la cremación, pero si los familiares no lo desean, solo deben anunciarlo. También se debe aclarar que no se permitirá ningún tipo de ritual religioso o ceremonia alrededor de estos fallecimientos, con el fin de evitar contagios”, precisó.
Para tener en cuenta
Los lineamientos del Gobierno Nacional contemplan que los cadáveres de COVID-19 deben mantenerse íntegros y limitar al máximo su manipulación, teniendo especial atención al movilizar o amortajar el cuerpo evitando contacto directo con fluidos o heces fecales, utilizando en todo momento máscaras de filtración FFP2 o N95. Los prestadores de servicios de salud (EPS) deben envolver el cuerpo sin vida en doble bolsa específica para cadáveres de 150 micras o más de espesor, resistentes a la filtración de líquidos.
(Lea: OMS se disculpa por confusión en torno a tratamientos con hidroxicloroquina).
El Ministerio de Salud explica que la disposición final de cadáveres de personas fallecidas por COVID-19 se hará preferiblemente por cremación. “Cuando no se cuente con instalaciones para este procedimiento en el territorio donde ocurrió el deceso o la disponibilidad de esta tecnología desborda la capacidad económica de las personas, se hará inhumación en sepultura o bóveda individualizada”.