El alcalde William Dau está inmerso en un nuevo lío judicial, pero esta vez, por un proceso con el que carga la Alcaldía de Cartagena desde el año pasado. Sin embargo, por ser quien está al frente de la ciudad, deberá responder con cinco días de arresto y el pago de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Todo se remonta a una deuda que tiene el Distrito con la señora Luby Herrera Solanilla, quien vivía en el Edificio Villa May (construcción de los Quiroz) y debió evacuar de su apartamento por vulnerabilidad de desplome bajo la promesa de un subsidio de arrendamiento que garantizaría “el estatus socio económico que venía disfrutando”.
El primer incidente de desacato a la orden de la medida de protección fue presentado por Herrera el 19 de noviembre del 2019 alegando que el Distrito “no ha sido constante ni puntual en el pago de los subsidios que fueron ordenados en la audiencia, adeudándole los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del 2019”.
Para ese entonces el despacho inició las acciones legales pertinentes y el 25 de noviembre de 2019 se requirió al ex alcalde de Cartagena, Pedrito Tomás Pereira Caballero, para que rindiera informe sobre las gestiones hechas para el cumplimiento de la decisión judicial.
Durante el mes de diciembre, la anterior administración manifestó que pagó la suma de $2.700.000 a la señora Herrera Solanilla por concepto de subsidio de arriendo por el termino de tres meses a razón de 900.000 mensuales correspondiente al tercer trimestre del 2019 por lo que “el Distrito había cumplido con su papel de adelantar e impulsar los trámites necesarios para que las órdenes impartidas por el Juez no quedaran inocuas”.
Sin embargo, con la repuesta del Distrito quedó en evidencia que se pagaron solo tres meses de los seis solicitados en ese momento, y debido a que se cambió de administración, el proceso pasó a caer sobre los hombros del nuevo alcalde William Dau.
La responsabilidad de Dau
“Teniendo en cuenta que para el año que discurre se posesiono un nuevo Alcalde para efectos de garantizarle su derecho de defensa, mediante providencia de fecha 14 de enero se le requirió para que informara sobre el cumplimiento de la orden judicial”, indica el fallo.
Pese a que la Secretaría de Hacienda informó sobre los pagos realizados durante la anterior administración, se abrió un nuevo incidente de desacato ya que la señora Luby Herrera reiteró el incumplimiento por parte de la alcaldía.
“El alcalde no ha realizado los esfuerzos requeridos para estar al día con el pago de los subsidios, ya que a la fecha se adeudan los subsidios de arriendo correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2019 y los meses de enero y febrero del año 2020”, indicó.
A su vez, Herrera solicitó imponer “las sanciones legales de multa y arresto contra William Jorge Dau Chamat en calidad de Alcalde Mayor de Cartagena por incumplimiento de la orden judicial”.
Ante eso, la Alcaldía respondió que “el jefe de la oficina asesora jurídica, ordeno pagar 3 meses (julio, agosto y septiembre) una vez se expidiera el registro presupuestal, lo que no se concretó a raíz de la caótica situación financiera y presupuestal del Distrito de Cartagena”. Es decir, en efecto, la deuda de los subsidios está desde septiembre hasta la actualidad.
La orden
Luego de todo el panorama la jurista consideró que no es válido que el Distrito argumente razones financieras ante el desobedecimiento de una orden judicial que procura garantizar derechos fundamentales, razón por la cual ordenó el arresto por cinco días al alcalde William Dau más la multa.
“Consideramos que debido a la emergencia sanitaria que atraviesa el mundo entero, lo cual es un hecho notorio, causando por la propagación del virus COVID-19, surge para el Distrito un mayor compromiso y responsabilidad en el cumplimiento oportuno de la cancelación de estos subsidios ya que las víctimas se han visto afectadas económicamente y es cuando más necesitan el apoyo del Estado Colombiano para no verse perjudicadas en sus necesidades básicas (alimentación, salud, vivienda ect.), que para el caso particular resulta ser la peticionaria de mayor protección si observamos que manifiesta actualmente se encuentra recién separada, es madre cabeza de familia y tiene dos hijos menores de edad”, puntualizó la jueza Yuris Esther Ponce Fernández.